Buenas compis!!
Si no aprueban por fuerza mayor,y sí por causas productivas, la empresa estaría obligada a abonar la cuota empresa?
es decir:
OPCIÓN A: ERTE fuerza mayor: la empresa no abona nada durante el ERTE
OPCIÓN B: ERTE causas productivas, abonamos la cuota patronal.
¿correcto?
gracias!!
Si no aprueban por fuerza mayor,y sí por causas productivas, la empresa estaría obligada a abonar la cuota empresa?
es decir:
OPCIÓN A: ERTE fuerza mayor: la empresa no abona nada durante el ERTE
OPCIÓN B: ERTE causas productivas, abonamos la cuota patronal.
¿correcto?
gracias!!