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si reconozco la improcedencia del despido, cosigno la cantidad en el juzgado y posteriormente el trabajador reclama tendría que pagar los salarios de tramitación?, o con la consignación en 48 horas quedaría exonerada la empresa?
Correcto. La consignación en el plazo de 48 horas paraliza el devengo de salarios de tramitación, reconociendo la improcedencia y poniéndolo en conocimiento del trabajador fehacientemente.
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