no superar periodo de prueba

carla

Miembro
Hola, buenos dias, queria saber si el periodo de prueba puede abarcar un mes de plazo de tiempo, o son quinze dias, o lo que ponga el contrato?
Otra cuestion, si finaliza el contrato por no superar dicho periodo de prueba, hay derecho a indemnizacion y se tiene derecho a prestacion por desempleo? gracias
 

CrisFM

Miembro
carla dijo:
Hola, buenos dias, queria saber si el periodo de prueba puede abarcar un mes de plazo de tiempo, o son quinze dias, o lo que ponga el contrato?

1. Podrá concertarse por escrito un período de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los Convenios Colectivos. En defecto de pacto en Convenio, la duración del período de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.


carla dijo:
si finaliza el contrato por no superar dicho periodo de prueba, hay derecho a indemnizacion y se tiene derecho a prestacion por desempleo? gracias


No hay derecho a indemnización
en cuanto a la prestación por desempleo, eso depende de la causa de extinción de la relación laboral anterior
 

carla

Miembro
gracias por tus respuestas,
tengo una duda en cuanto al derecho a la prestacion por desempleo, dices que dependera de la causa de extincion de la relacion anterior. Entiendo entonces que si antes de este contrato que finaliza por no superar el periodo de prueba, el anterior contrato se extinguió por voluntad del trabajador, no hay derecho a prestacion por desempleo. Es asi?
 
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