Nota DP TGSS A Coruña sobre exenciones del RDL 18/2020

Fedayn

Miembro
Buenas,

La DP de la TGSS en A Coruña ha publicado una nota de 13 páginas sobre las exenciones del RDL 18/2020. Se incluye una serie de Preguntas Frecuentes que copio y pego a continuación por su interés:

PREGUNTAS FRECUENTES

1.- Si una empresa no reinicia la actividad a pesar de que ya no está afectada por la
obligación de cierre, ¿debe igualmente renunciar al ERTE total y pasar al ERTE parcial desde
la entrada en vigor del RDL 18/2020 o puede seguir aplicando el ERTE total (FMT)?


La calificación de los ERTEs, su declaración, renuncia, suspensión, determinación de la
existencia de las causas que lo originan, todas ellas son cuestiones estrictamente laborales
que exceden de la competencia de la TGSS que, tal y como establece el artículo 4.3RDL del
18/2020, actuará en función de la “declaración responsable” que realice la empresa, teniendo
en cuenta que el CPC 58 necesariamente afecta a todo el mes.

2.- Si una empresa reinicia la actividad el día 18 de mayo, aun cuando ya no estaba afectada
por la obligación de cierre ¿cuándo pasa de ERTE total a ERTE parcial, el día 13, cuando entra
en vigor la norma, o el día 18, cuando rescata al primer o primeros trabajadores?


La calificación de los ERTEs, su declaración, renuncia, suspensión, determinación de la
existencia de las causas que lo originan, todas ellas son cuestiones estrictamente laborales
que exceden de la competencia de la TGSS que, tal y como establece el artículo 4.3RDL del
18/2020, actuará en función de la “declaración responsable” que realice la empresa debiendo
informar, como FECHA DESDE, la fecha a partir de la cual se encuentra en la situación del
artículo 1.2 del RDL 18/2020, que en el caso de las declaraciones de mayo, deberá estar
comprendida entre el 13-05-2020 y el 31-05-2020. En este caso tendrá que poner TPC 059
FECHA DESDE 18/05/2020.

3.- Si se ha reiniciado la actividad con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 18/2020,
rescatando a algunos trabajadores, pero restando todavía plantilla en ERTE, ¿se pierde la
posibilidad de aplicación del RDL 18/2020?


A las personas trabajadoras que se han reactivado entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, en
empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial el 13 de mayo de 2020,
conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, se les
aplicarán las exenciones de la cotización previstas en la letra a) del apartado 2 del artículo 4
de este Real Decreto-ley a partir del día en que se hayan reactivado.
En estas mismas empresas, a las personas trabajadoras que se hayan mantenido en situación
de suspensión entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, se les aplicará, durante ese período, las
exenciones de la cotización previstas en el apartado 1 del artículo 4 de este Real Decreto-ley
hasta el día 12 de mayo de 2020. A partir de ese momento resultarán de aplicación las
exenciones en la cotización previstas en la letra b) del apartado 2 del artículo 4 hasta el
momento en que se reactiven.
En aquellos supuestos en los que la situación del artículo 1.2 del RDL 18/2020 se haya
iniciado, según la declaración responsable del empresario, entre el día 1 y el 12 de mayo, se
deberá informar, como FECHA DESDE de la declaración responsable (CPC 059), el día 13-05-
2020

Respecto de las personas trabajadoras que hubiesen reiniciado antes del 1 de mayo, no
resultan de aplicación las exenciones del RDL 18/2020.

4.- Las empresas cuyo ERTE en vez de suspensión ha sido de reducción de jornada, ¿pueden
ser también beneficiarias del RDL 18/2020?


En el artículo 22 del Real Decreto ley 8/2020 se preveía la posibilidad de realizar ERTE por
suspensión o reducción de la jornada por Fuerza Mayor. Ahora, el artículo 1 del Real Decretoley 18/2020, se hace referencia a los que recuperen total o parcialmente la jornada de
aquellos expedientes que se realizaron por el art. 22 del Real Decreto- ley 8/2020, sin
distinguir en ningún momento si eran de suspensión total o reducción de jornada.

5.- Si se rescatan trabajadores con anterioridad al RDL 18/2020 y luego vuelven al ERTE,
reiniciando la actividad con posterioridad al 13 de mayo, ¿se benefician de las exoneraciones
del RDL 18/2020?


En el caso de que una empresa reactivara inicialmente a sus trabajadores y, con
posterioridad, procediera a suspender nuevamente el contrato de los mismos, sí tendría
derecho a la exoneración prevista en el artículo 4.2.b) del RDL 18/2020.
Para el control de estos períodos de suspensión, o reducción de jornada, posteriores al
reinicio en la actividad de los trabajadores, se han creado dos nuevos valores en el campo
TIPO INACTIVIDAD (Y-U) que se unen a los ya previstos R y S. Ver Boletín Noticias RED
13/2020.

6.- En el caso de una empresa que cuenta con un ERTE por el cual se han suspendido los
contratos de trabajo de todos sus trabajadores por fuerza mayor, si reinicia su actividad y se
reincorporan todos los trabajadores a su actividad, renunciando al ERTE, ¿tiene derecho la
empresa a partir de la fecha de la renuncia a la exención de las cuotas de la S.S. en base al
art. 4.2.a) del RD-Ley 18/2020 siendo que la totalidad de los trabajadores han reiniciado su
actividad a jornada completa y por tanto renunciado al ERTE?


La calificación de los ERTEs, su declaración, renuncia, suspensión, determinación de la
existencia de las causas que lo originan, todas ellas son cuestiones que exceden de la
competencia de la TGSS que, tal y como establece el RDL 18/2020, actuará en función de la
“declaración responsable” que realice la empresa.

El artículo 4.2.a) del RDL 18/2020, se refiere a la reanudación parcial, pero ello no excluye el
que la reanudación pueda ser total. Lógicamente, la norma parte de que exista una
posibilidad de reanudación, aunque sea en parte, lo cual constituye un presupuesto para la
aplicación de la exoneración, pero no limita que, cumplido ese presupuesto, la reanudación
pueda abarcar a todos los trabajadores de la empresa.

La Exposición de Motivos de la norma afirma que “De esta manera, las empresas pueden
recuperar la totalidad o parte de su actividad si es que, por las razones comentadas, las
personas trabajadoras vuelven a desempeñar sus tareas con carácter completo o parcial”, lo
que pone de manifiesto que el ámbito de las medidas adoptadas por el RDL 18/2020 se
refieren tanto a las empresas que reanudan parte de su actividad como a las que lo hacen en
su totalidad.

7.- El número de trabajadores que hay que tener en fecha 29 de febrero para acceder a los
distintos porcentajes de exoneración, ¿se refiere al CCC o a la totalidad de CCC de un CIF?


Se refieren a la empresa, en ningún momento se indica en el RDL que haya que fijarse en el
código cuenta de cotización. Se aplica el mismo criterio que con la normativa anterior.

8.- La pérdida del derecho a la exoneración por incumplimiento del compromiso de
mantenimiento del nivel de empleo y consiguiente obligación de devolución, ¿se refiere a la
totalidad de trabajadores beneficiarios de la exoneración o al concreto trabajador?


En la disposición adicional 6ª del RDL 8/2020, modificado por el RDL 18/2020, se establece
que el compromiso se entiende incumplido si se produce el despido o extinción del contrato
de cualquiera de las personas afectadas por dichos expedientes. Por tanto, el incumplimiento
con un trabajador concreto incluido en el ERTE implica la pérdida del derecho a la
exoneración.

9.- Tenemos una empresa en ERTE de fuerza mayor con suspensión de contratos desde
15/03/2020. Con fecha 15/04/2020 algunos de sus trabajadores reanudaron actividad. Mi
pregunta es ¿se les aplica la exoneración de cuotas en el mes de abril a la que se refiere el
RDL 18/2020 de 12 de mayo?

Para las empresas que en un inicio previeron que la afectación iba a ser alterna para
determinados trabajadores, estando en causa de fuerza mayor pero que no imponía el cierre
total, desde que se solicitó el ERTE ¿se entiende que se encuentran en situación de fuerza
mayor parcial por el hecho de continuar con la dinámica anterior y seguir afectando y
desafectando a parte de la plantilla? ¿únicamente se entiende que estamos ante fuerza mayor
parcial para los supuestos de reanudación de parte de la actividad, no previsto en el
momento de solicitud del ERTE, sino devenido?

Para las empresas que desde el momento inicial mantenían parte de su actividad ¿se
entiende que desde el inicio se encontraban en causa de “fuerza mayor parcial?


No hay exención. El Real Decreto-ley extiende su ámbito temporal de aplicación a mayo y
junio.

Respecto de la segunda cuestión Para poder aplicar las exenciones previstas en el
artículo 4.2.a) del RDL 18/2020 es necesario que se produzca un incremento de la jornada
trabajada respecto de la precedente.

10.- Si una empresa con ERTE por fuerza mayor antes de la publicación del RD ya tenía
trabajadores en situación de actividad parcial, es decir, trabajadores que incorporaba a
jornada completa algunos días del mes y otros permanecían con el contrato suspendido,
¿puede aplicarles las exenciones del art.4 del 85-70%, respecto al período que reinicie su
actividad parcialmente desde 13-mayo, y la exención del 60-45% cuando vuelvan a un
periodo de suspensión por ERTE? El trabajador en cuestión no se ha incorporado
definidamente al trabajo de forma total.


Para poder aplicar las exenciones previstas en el artículo 4.2.a) del RDL 18/2020 es necesario
que se produzca un incremento de la jornada trabajada respecto de la precedente.

11.- Una empresa que a anota en TGSS ERTE parcial, según lo dispuesto en RD 18/2020, y
que tiene trabajadores con inactividad V por tener contrato suspendido permanecerán con
esa inactividad hasta que reinicien su trabajo, entonces si el trabajador se incorpora
definitivamente al trabajo se anotaría la clave R, pero si la incorporación no es definitiva, es
decir, lo incorpora a la empresa algunos días del mes, entonces ¿esos días que trabajaría
pasaría a inactividad S, y los días que estuviese con el contrato suspendido? ¿habría que
volver a anotar V?


Los períodos reincorporados se identifican con la clave R o S. Para posibles situaciones
posteriores de vuelta al ERTE se han creado las nuevas claves de inactividad (BNR 13/2020):

Y: TRAB.SUSPENSION TOTAL PROCEDENTE R/S

El valor Y se comunicará respecto de aquellos trabajadores que habiéndose reincorporado
totalmente –R- o parcialmente –S- a la actividad tras el inicio de la situación a la que se
refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020 -CPC 59-, vuelven de nuevo a situación de suspensión
de su contrato de trabajo

U: TRAB.SUSPENSION PARCIAL PROCEDENTE R/S/W

El valor U se comunicará respecto de aquellos trabajadores que habiéndose reincorporado
totalmente –R- o parcialmente –S- a la actividad tras el inicio de la situación a la que se
refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020 -CPC 59-, vuelvan a tener una situación de reducción
de jornada, y el porcentaje de jornada trabajada no sea superior a la que tenían en la
situación anterior.

12.- En una empresa de peluquería sacamos a los trabajadores del ERTE en fecha 4 de mayo
quitando la clave V a nivel de trabajador y dejando la casilla vacía. A partir del 20 de mayo
las quieren reincorporar al ERTE con reducción de jornada, ¿les puedo anotar la peculiaridad
de cotización R y poner coeficiente de parcialidad del 0,500 y de esta manera estar
exonerados?


Si la reincorporación se ha producido a partir del 1 de mayo, tiene que deshacer el cambio
que ha hecho en la clave de inactividad y dejarlo con la letra V hasta la fecha de la
incorporación. A partir de esa fecha, en su caso el 4 de mayo, debe cambiar la clave de
inactividad a R, si la reincorporación ha sido total, en caso de que sea parcial a la clave S.
Desde el día 20 de mayo que vuelven al ERTE, tiene que ponerles la clave de inactividad U:
Trabajador suspensión parcial procedente R/S/W.

13.- Buenos días, cuando una empresa tenga un solo trabajador, si está en ERTE parcial, ¿se
aplican las exenciones del 85% o 60% en mayo, dependiendo de si lo incorpora o no? ¿hasta
el día 12 tendrá exención del 100% aunque estuviese permitida la apertura parcial de la
actividad y a partir del 13 el 85% o el 60% según lo que haga con el trabajador?. La duda es
por el requisito de incorporación parcial de los trabajadores, ya que en este caso solo hay uno
y o están todos en ERTE o los saca a todos.
Dos empresas con la misma actividad con ERTE en fuerza mayor parcial por haberse
autorizado ya su actividad a fecha 13/05/2020. Las dos tienen un único trabajador. La
primera ha incorporado al trabajador a la actividad antes de esa fecha y la segunda no. ¿A la
primera se le corta cualquier exoneración desde la reincorporación del trabajador y la
segunda podrá exonerarse el 100% hasta el día 13, y los otros porcentajes de exoneración
según cuando reincorpore al trabajador hasta el 30 de junio?


La calificación de los ERTEs, su declaración, renuncia, suspensión, determinación de la
existencia de las causas que lo originan, todas ellas son cuestiones que exceden de la
competencia de la TGSS que, tal y como establece el RDL 18/2020, actuará en función de la
“declaración responsable” que realice la empresa.

El artículo 4.2.a) del RDL 18/2020, se refiere a la reanudación parcial, pero ello no excluye el
que la reanudación pueda ser total. Lógicamente, la norma parte de que exista una
posibilidad de reanudación, aunque sea en parte, lo cual constituye un presupuesto para la
aplicación de la exoneración, pero no limita que, cumplido ese presupuesto, la reanudación
pueda abarcar a todos los trabajadores de la empresa.

La Exposición de Motivos de la norma afirma que “De esta manera, las empresas pueden
recuperar la totalidad o parte de su actividad si es que, por las razones comentadas, las
personas trabajadoras vuelven a desempeñar sus tareas con carácter completo o parcial”, lo
que pone de manifiesto que el ámbito de las medidas adoptadas por el RDL 18/2020 se
refieren tanto a las empresas que reanudan parte de su actividad como a las que lo hacen en
su totalidad.

14.- Una empresa que está en un ERTE de suspensión total desde el 15/03/20. El 15 de
mayo decide sacar a varios trabajadores del ERTE con lo cual el ERTE pasa a ser parcial.
Posteriormente, el día 18/05/20 la empresa decide sacar al resto de trabajadores del ERTE
con lo cual el día 18 de mayo ya no tiene a ningún trabajador en el ERTE, ¿se pueden aplicar
las exoneraciones del boletín RED 11/2020 durante el mes de mayo completo si ha sacado a
todos los trabajadores del ERTE o no se puede porque desde el 18/05 ya no hay ERTE?


El artículo 4.2.a) del RDL 18/2020, se refiere a la reanudación parcial, pero ello no excluye el
que la reanudación pueda ser total. Lógicamente, la norma parte de que exista una
posibilidad de reanudación, aunque sea en parte, lo cual constituye un presupuesto para la
aplicación de la exoneración, pero no limita que, cumplido ese presupuesto, la reanudación
pueda abarcar a todos los trabajadores de la empresa.
La Exposición de Motivos de la norma afirma que “De esta manera, las empresas pueden
recuperar la totalidad o parte de su actividad si es que, por las razones comentadas, las
personas trabajadoras vuelven a desempeñar sus tareas con carácter completo o parcial”, lo
que pone de manifiesto que el ámbito de las medidas adoptadas por el RDL 18/2020 se
refieren tanto a las empresas que reanudan parte de su actividad como a las que lo hacen en
su totalidad.

15.- Trabajadores que han reanudado su actividad entre los días 1 y 12 de Mayo, ¿la clave
59 de peculiaridad de cotización se tendría que poner el día 13/05/2020? El boletín 11/2020
nos daba a entender que había que poner la clave 58 hasta que saliese el primer trabajador
tras el día 13 y ese día poner la clave 59. ¿La clave R la pondríamos desde el día 13 o desde
el día que reinicio la actividad? Una vez realizada la comunicación al SEPE y autoridad laboral
de que el ERTE ha llegado a su fin, aunque sea antes del día 30/06, ¿tendríamos que
mantener las claves hasta el 30/06?

Para el mismo mes y CCC no puede existir un CPC 58 y CPC 59. El CPC 58 (ERTE FM TOTAL)
se declara si la empresa se encuentra en el supuesto del artículo 1.1 del RDL 18/2020
durante todo el mes de mayo y, en su caso, durante todo el mes de junio. Si respecto de
mayo se presentó CPC 59, no se puede presentar otra declaración responsable respecto del
mes de junio en ningún sentido

Si una empresa reinicia su actividad en mayo tiene que comunicar la CPC 59 desde que esté
en situación de Fuerza Mayor Parcial. La FECHA DESDE deberá estar comprendida entre el
13-05-2020 y el 31-05-2020. La clave R desde que el trabajador reinició la actividad, la fecha
desde en esta caso, puede ser desde el 1 de mayo.

16.- Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2020 como consecuencia de su
reincorporación a su actividad ordinaria ya se comunicó la variación de su situación, pasando
de su situación de inactividad “V”, a eliminar esta inactividad, por lo que los trabajadores en
su IDC ya no presentan a día de hoy ninguna exoneración de cuotas, ¿tendremos que realizar
una nueva modificación desde la fecha real de su reincorporación informando la situación R o
S?


Si la reincorporación se ha producido a partir del 1 de mayo, tiene que deshacer el cambio
que ha hecho en la clave de inactividad y dejarlo con la letra V hasta le fecha de la
incorporación. A partir de esa fecha debe cambiar la clave de inactividad a R, si la
reincorporación ha sido total, en caso de que sea parcial es la S.

17.- Empresa con ERTE por fuerza mayor a la que le está permitido el reinicio de actividad
(bar, comercio...) pero que las circunstancias no hacen viable la reincorporación de los
trabajadores porque la carga de trabajo es muy pequeña, ¿qué causa de peculiaridad habría
que informar, la 058 o la 059? porque en este caso la actividad se reinicia, pero no así la
reincorporación de los trabajadores, que continúan con causa inactividad "v".
La cuestión relativa a cuándo se inicia una situación de fuerza mayor parcial en función de las
distintas circunstancias que pueden concurrir en cada empresa, es un asunto que se
enmarca en un entorno estrictamente laboral y, en concreto, en los apartados 1 y 2 del
artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, por lo que no resulta posible establecer criterios
por esta Tesorería General de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta lo anterior:
Si no hay reincorporación en todo el mes de mayo hay que declarar la CPC 58 (lo mismo en
junio si tampoco hay actividad) y la CPC 59 en el momento que reincorpore al primer
trabajador, teniendo en cuenta que para el mismo mes y CCC no puede existir una CPC 58 y
CPC 59.

18. La única trabajadora de una empresa afectada por un ERTE de fuerza mayor por
suspensión de contrato se reincorpora completamente a su puesto de trabajo el día 5 de
mayo, ¿puede aplicarse la exoneraciones del 100% del 1 al 4 de mayo por la parte no
trabajada y del 5 al 31 de mayo la bonificación del 85% por la parte trabajada?


Efectivamente, la empresa tiene que comunicar la CPC 59 desde el 13-05-2020 y cambiar la
clave de inactividad de la trabajadora a la R desde el día 5 de mayo.
El sistema le aplicará las exenciones previstas en el RDL 8/2020 (100%) hasta el 4 de mayo y
del 85% a partir del 5 de mayo.
 
Arriba