Lo que cambia con la jubilación activa es la cuota a pagar ( solo i.t, at y solidaridad del 8%). Si además quieres cambiar/bajar la base, es como te comentó el compañero, pero entiendo ( a no ser que exista alguna exclusión por este caso) que los plazos no varían, para julio deberías hacerlo antes del 30 de abril, y sí estás en plazo para el 01 de enero de 2018.