Tramitar la pensión de jubilación y las prestaciones de viudedad y orfandad a través de Internet
Desde hace unos días, está habilitada la posibilidad de tramitar la pensión de jubilación y las prestaciones
de viudedad y orfandad a través de Internet, mientras que a partir del 7 de marzo se podrán solicitar
también las prestaciones por maternidad y paternidad por esta vía. Según la resolución del INSS,
publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la tramitación electrónica de estas
prestaciones sólo será posible cuando el procedimiento no exija la aportación física de documentos por
parte del solicitante.
¿Cómo se hace? Para presentar las solicitudes, los ciudadanos deberán acceder al portal 'Tu Seguridad
Social', desde la sede electrónica de la Seguridad Social. Posteriormente deberán identificarse mediante
DNI electrónico, certificado electrónico o a través de Cl@ve permanente. El sistema Cl@ve permite a los
ciudadanos identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario y contraseña), sin
tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios.
Asimismo, los interesados en solicitar cualquiera de las prestaciones mencionadas podrán emplear los
sistemas de identificación electrónica propios del portal 'Tu Seguridad Social'. Para acceder a este
servicio es necesario disponer de un usuario activo y una contraseña en vigor y para activar el usuario y generar la contraseña deberá disponer de un código de activación que se obtiene de forma presencial en
cualquier oficina de la Seguridad Social.
Después de la puesta en marcha del simulador sobre el cálculo de la pensión de jubilación, la Seguridad
Social permite desde principios de febrero solicitar esta prestación desde 'Tu Seguridad Social', utilizando
primero el simulador o de manera directa. Para ello, el solicitante deberá completar la información que se
le requiere, adjuntar la documentación y firmar la solicitud utilizando el certificado digital si ha accedido al
portal con él o la firma centralizada (Cl@vefirma) si ha entrado al portal mediante contraseña Cl@ve.
Desde hace apenas unos días, los ciudadanos también pueden solicitar sus pensiones de viudedad y
orfandad y el auxilio por defunción, sin necesidad de acudir a ninguna oficina, a través del portal 'Tu
Seguridad Social'. Para ello, el solicitante deberá teclear la información sobre la persona fallecida, sobre
la relación que le unía con ella y, si es necesario, sobre los hijos. El sistema le indicará la documentación
que tiene que aportar, lo que podrá hacer también electrónicamente.
(El Mundo, 02-03-2016)