Hola, tengo una ??? ??? duda me ayudáis, bueno realmente hay varias :
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disparo
se trata de ayudas para conciliar
Desde el 26-10-2017
una exencion del 100% de la cuota durante los 12meses por cuidado de menores hasta 12 años o familiares dependientes. Artículo
una exención del 1005 de la cuta durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda, acogimiento y riesgo de embarazo o durante la lactancia.Artículo 6
tarifa plana para las autónomas que se incorporen tras la maternidad, adopción, guarda, acogimiento y tutela. esta tarifa será de 50 durante un año y se podrá disfrutar tras su incorporación después de 2 años de cese. Artículo 7.
Parar poder acogernos tenemos que contratar a una persona sustituta?
No lo veo muy claro.