Buenos días,
A ver si alguien me puede ayudar con este caso por que voy muy perdida...
Quieren contratar a un trabajador que no tiene NIE físico y que, según él, está en España por reagrupación familiar y que su abogada le ha dicho que sí que puede trabajar (no sé hasta qué punto será cierto).
El caso es que no tiene NIE físico (SÍ tiene el número de NIE). La única documentación que tiene es el NAF y el recibo de presentación en oficina de registro. Se encuentra " a cargo del nacional" en este caso es su madre (acreditado mediante documentación), la cual tiene la nacionalidad española. En la información del estado de expediente aparece que el tipo de autorización es "Residencia Temporal por Circunstancia Excepcionales Inicial", todavía no hay resolución y está en trámite.
En este caso, diríais que podría trabajar????
A ver si alguien me puede ayudar con este caso por que voy muy perdida...
Quieren contratar a un trabajador que no tiene NIE físico y que, según él, está en España por reagrupación familiar y que su abogada le ha dicho que sí que puede trabajar (no sé hasta qué punto será cierto).
El caso es que no tiene NIE físico (SÍ tiene el número de NIE). La única documentación que tiene es el NAF y el recibo de presentación en oficina de registro. Se encuentra " a cargo del nacional" en este caso es su madre (acreditado mediante documentación), la cual tiene la nacionalidad española. En la información del estado de expediente aparece que el tipo de autorización es "Residencia Temporal por Circunstancia Excepcionales Inicial", todavía no hay resolución y está en trámite.
En este caso, diríais que podría trabajar????