obligación de alta de administrador SL

Noviembre

Miembro
Un cliente cumple los requisitos para encuadramiento en régimen de autónomos por ser socio mayoritario y administrador único de una SL, es trabajador por cuenta ajena en otra empresa y la suya en principio iba a ser una sociedad patrimonial, tiene unos inmuebles y los alquila, por lo que entonces no estaría obligado al alta como autónomo.
Ahora ha empezado una segunda actividad a través de la empresa, por la cual factura y que no tiene nada que ver con los inmuebles, así que si le comunico que debe darse de alta, pero otro asesor le ha dicho que "si solo firma no tiene que darse de alta" yo entiendo que al haber actividad si tiene que cotizar, o contratar a una persona con poderes como gerente que dirija la actividad, la empresa sola no funciona, pero no encuentro donde lo ponga por escrito
¿Conocéis alguna sentencia que obligue a un administrador a darse de alta por la actividad de una empresa?¿O que obligue a una empresa con actividad a tener a alguien dado de alta (da igual el régimen)? o ¿estoy yo confundida y es posible que una empresa no patrimonial facture sin ningún trabajador en ella? Yo dudo de todo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Praxis de seguridad social. Ahora bien, si un administrador no tiene control efectivo y no percibe emolumento alguno... tampoco tiene que darse de alta. La ley es clara al respecto.
 

Noviembre

Miembro
No siempre el administrador tiene que estar dado de alta, pero si creo que si hay actividad alguien la está realizando ¿no? ::) En este caso no recibe remuneración, pero si tiene el control efectivo.
La empresa está facturando por unos servicios, no creo que la administración se crea que se hacen solos y esto es un lucro para la empresa ¿tu crees que se puede amparar en que no recibe retribución de la empresa para no darse de alta? ¿se podría defender esto?
La ley presume que si se cumplen los requisitos"Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social." el no recibir remuneración ¿puede ser base para no darse de alta un administrador? o el lucro de la empresa se entiende indirectamente como lucro del socio
A lo mejor estoy filosofando mucho...yo creo que si debe darse de alta y no lo quiere entender
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues si tiene control efectivo: alta al canto, porque alguien tiene que hacer tareas de dirección y gerencia.
 

BSK

Miembro activo
Noviembre dijo:
Ahora ha empezado una segunda actividad a través de la empresa, por la cual factura y que no tiene nada que ver con los inmuebles, así que si le comunico que debe darse de alta, pero otro asesor le ha dicho que "si solo firma no tiene que darse de alta" yo entiendo que al haber actividad si tiene que cotizar, o contratar a una persona con poderes como gerente que dirija la actividad, la empresa sola no funciona, pero no encuentro donde lo ponga por escrito

Cuantas veces fui en su momento a pelearme con la Seguridad Social argumentando esa frase. La respuesta siempre fue la misma, "si firma es que está dirigiendo la empresa, está tomando decisiones, para nosotros está trabajando".

Asi es la vida.
 

Noviembre

Miembro
En este caso firma y trabaja, aunque quiere defender que no trabaja para no darse de alta, pero tampoco tiene un trabajador que realice esas funciones.
No se ese otro asesor que le dijo que no se tiene que dar de alta si será un cuñado o algo así.
Gracias a los dos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si tiene control efectivo, pertoca alta, porque él es quien dirige la sociedad y desarrolla tareas de gerencia.
 
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