Hola, voy a intentar ser lo más clara posible para que me podáis entender. Dos socios constituyen una sociedad limitada al 50% cada uno con un capital social de 3006 , administradores mancomundados. Son abogados, ejercen y están colegiados (mutualidad de la abogacía), cada uno presenta sus declaraciones trimestrales correspondientes a hacienda, mi duda es, a la hora de dar de alta ésta empresa en la seguridad social (TA.6) está obligado a darse de alta como autónomo alguno de los dos?