OPINION PRIORIDAD VACACIONES

Buenos días

Se me plantea la siguiente circunstancia.

Dos trabajadoras del mismo departamento ( solo son ellas dos) una de ellas está de baja por IT desde principios de octubre 2014, ahora en breve será madre, ( este será su segundo hijo) si sumamos maternidad+lactancia da una fecha de incorporacion de pongamos 1 de agosto 2015.  Por ser madre tiene preferencia en la eleccion de las vacaciones, y lo normal seria que las solicitara justo despues de la lactancia.

Con lo que la otra trabajadora ( sin hijos y que lleva sola en el departamento con el doble de carga de trabajo desde octubre 2014) se vería obligada a hacer vacaciones en septiembre.

Que opinion sobre el tema teneis, se le puede denegar la posible solicitud de vaciones a la primera argumentando algo....

Muchas gracias
 

bogie

Nuevo miembro
me podrias decir donde pone que las madres tenga prioridad vacaciones, me interesa  la legislacion exacta si puedes, gracias.  pd. para presentarla en un trabajo.
 
En este caso en concreto el convenio de aplicacion de Oficinas y Despachos de Cataluña dice textualmente

" En el caso que el periodo vacacional se establezca por turnos, el trabajador que acredite tener cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad, tendran preferencia en la eleccion del turno que coincida con el periodo estival"

 

MAJOGA

Nuevo miembro
Yo opino que, si el convenio de aplicacion no establece nada al respecto, no se tiene prioridad por tener hijos.

Eso mismo, el propio convenio lo indica
 
El problema es que bajo mi punto de vista esto no es justo, y en este caso en concreto menos, que podria argumentar para denegarle las vacaciones?

gracias
 

jcg73

Miembro activo
jeje, ese es mi convenio de aplicación, y tuve "movida" un año con una ex-compi, ella sin hijos, yo con dos, y al final le tuve que enseñar este párrafo del convenio, sin entrar a debatir con la antigüedad,,,,
 

InmaRase

Miembro activo
Pues styuvesant74, ya ves que poco se va a poder hacer, jaja.
Jolín, y si la otra chica ya las tiene pedidas y concedidas por la empresa antes?
 
No, aun no las ha solicitado , entendemos que lo hará una vez haya parido, asi lo podrá calcular exactamente.

La que no tiene hijos tiene mas antigüedad...  bueno, si se las deniegan una vez las pida siempre puede demandar...
 

InmaRase

Miembro activo
Me refiero a la otra chica, si la otra chica sin hijas y con más antigüedad las pide ya, y se le conceden antes que a la otra que aun no las ha pedido pues lo mismo eso salva algo
 

elchuske

Miembro conocido
A ver. alomejor digo una tontería, pero yo no lo interpreto asi. Tiene prioridad con respecto a otro que no tenga cargas familiares siempre que no quede periodo estival por disfrutar. Ejemplo:
dos trabajadores. uno con cargas y otro sin ellas, el periodo estival va desde 15/6 al 15/9. Pide vacaciones el que no tiene cargar familiares porque al otro todavía le queda periodo estival para poder disfrutarlas . Es decir la prioridad existe pero dentro de unos limites .O eso creo .
 

fundación

Miembro conocido
Creo que está bastante claro, cuando las vacaciones se pidan para verano tiene prioridad quien tenga cargas.
 

elchuske

Miembro conocido
Pues por mas que lo leo no lo interpreto así . Dice periodo estival. No es un mes, son tres Por lo tanto tiene prioridad siempre que ya no quede periodo estival por disfrutar. Pero si queda periodo no veo la prioridad por ningún lado .
 
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