Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social

Ichitaka Seto

Miembro activo
Pues nop, pero por lo que veo el incremento ha sido por 4,4%, no por 4,41%.. Se han comido una décima.. ups!
¡¡¡Y hasta un céntimo!!! Aplicando el 4,4% la base mínima debería ser 1.381,21 pero la "legalizada" es de 1.381'20.

Pero creo que debería de dejar de alabar que hagan ¡¡¡por una vez!!! los redondeos a la baja no vaya a ser publiquen una "fe de errores" con los importes que presagiaba A3, que creo que eran las bases mínimas más altas de todas. Aunque eso sí, la publicación será dentro de 15 días para que haya que volver a recalcular las nóminas de Enero y Febrero y descontar las diferencias en Marzo.

Salu2. :cool:
 

elchuske

Miembro conocido
Mira que avise, paciencia, Y nada todos a muerte. Lo mejor que podemos hacer es decirle al administrador que elimine este post . Hemos retrocedido en este foro en credibilidad. Y espera el cachondeo de los nuevos que alguno lo sacara a relucir.
 

elchuske

Miembro conocido
No me he librado de los jamones. Vosotros os habeis librado de los jamones porque en en conciencia sois vosotros los que habeis fallado. Menos mal que mi bondad tiende a infinito y os los perdono ( ademas no sabria donde meter tanto jamon )
 

toni

Miembro conocido
No me he librado de los jamones. Vosotros os habeis librado de los jamones porque en en conciencia sois vosotros los que habeis fallado. Menos mal que mi bondad tiende a infinito y os los perdono ( ademas no sabria donde meter tanto jamon )
Menos mal que yo no dije na...
 

africallora

Miembro conocido
¡¡¡Y hasta un céntimo!!! Aplicando el 4,4% la base mínima debería ser 1.381,21 pero la "legalizada" es de 1.381'20.

Pero creo que debería de dejar de alabar que hagan ¡¡¡por una vez!!! los redondeos a la baja no vaya a ser publiquen una "fe de errores" con los importes que presagiaba A3, que creo que eran las bases mínimas más altas de todas. Aunque eso sí, la publicación será dentro de 15 días para que haya que volver a recalcular las nóminas de Enero y Febrero y descontar las diferencias en Marzo.

Salu2. :cool:

A mí también me ha entrado ese miedo, de que publiquen 'fe de errores', pero han calculado también las BC de Empleo Hogar con un incremto del 4,4%, -sin el centimilto (1381,21)-, osea que estas se quedan definitivas...

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GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Entiendo que harán ellos los cálculos y luego emiten ellos los recibos:

Ingreso de diferencias de cotización.


1. Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones practicadas a través del sistema de liquidación directa que desde el 1 de febrero de 2025 se hubieran efectuado podrán ser ingresadas sin recargo hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.

2. Las diferencias de cotización que se hubiesen podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones practicadas a través del sistema de liquidación simplificada que desde el 1 de enero de 2025 se hubiesen efectuado serán liquidadas sin recargo alguno, una vez se disponga de los datos, programas y aplicaciones necesarios para su determinación, y se ingresarán mediante el sistema de domiciliación en cuenta a que se refiere la disposición adicional octava del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

3. Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones practicadas a través del sistema de autoliquidación que desde el 1 de enero de 2025 se hubieran efectuado podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del segundo mes siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
 
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