OTRA DE LA NUEVA LEY DE AUTONOMO

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes, a ver si podeis orientarme en este tema:

Autónomo que actualmente se encuentra en situación de jubilación activa (cobra la mitad de su pensión de jubilación y paga aproximadamente 100 euros del boletín de autónomo.

Con la nueva ley de Autónomo si contrata a un trabajador por cuenta ajena, tendría derecho a seguir trabajando y cobrar la pensión de jubilación al 100%?.

¿El contrato de trabajo de ese asalariado debería ser indefinido? ¿jornada completa? ¿por cuánto tiempo? ¿podría ser a su hijo, y a su vez, tener la bonificación del 100% durante 12 meses por contingencias comunes por  contratar a un familiar de hasta el segundo grado?


Vaya, vaya......gracias por vuestra ayuda.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El autónomo, para tener derecho al 100% de la jubilación en jubilación activa, ha de contratar, al menos a un trabajador por cuenta ajena.

Aquí, la gente me discute estas dos cosas:

- ¿Sirven trabajadores que hasta ahora estaban contratados ya por el autónomo?; entiendo que no, es suficiente con tenerlos ya contratados.

- El contrato: ¿ha de ser a jornada completa, o puede ser parcial?: yo entiendo que puede ser a jornada parcial.

¿Qué opináis vosotros a ambas cuestiones?
 

Ro

Miembro activo
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=20947.msg88744#msg88744

Abrid los adjuntos que ha adjuntando Cuenca.
 
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