Pacto de horas complementarias

Raquelcs

Miembro activo
Buenos días
respecto a las horas complementarias, el art. 12.5 f) dice "El pacto de horas complementarias y las condiciones de realización de las mismas estarán sujetos a las reglas previstas en las letras anteriores. En caso de incumplimiento de tales reglas, la negativa del trabajador a la realización de las horas complementarias, pese a haber sido pactadas, no constituirá conducta laboral sancionable"
Si un trabajador tiene firmado un pacto de horas complementarias y la empresa le avisa 3 días antes de que tiene que realizar las horas y, aparentemente, está todo correcto en el pacto de horas complementarias, entiendo que el trabajador no se puede negar y que SI se le puede sancionar, porque no se ha incumplido ninguna regla del artículo 12.5 del ET, verdad?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si el trabajador se comprometió, y todos los aspectos formales del pacto son correctos, eso sería un abandono del puesto de trabajo dentro de tu jornada. Sí, es sancionable.
 
Arriba