Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Cuando el articulo : 21 del ET indica lo siguiente:
No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan.

La compensación económica  a la  que se hace referencia  es para la concurrencia desleal , para la plena dedicación o para los dos casos??

Debo indicar en un contrato de trabajo que el trabajador no podra trabajar para ningún empresario ni darse de alta de autonomo para la misma actividad.

Gemma
 

Mr. White

Miembro activo
Ningún trabajador puede hacer competencia deseal. Mira art.5.d) ET.

La compensación económica es para plena dedicación (se compensa que el trabajador no pueda trabajar para otros empresarios o como autónomo, aunque la actividad sea diferente a la de la empresa).

 
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