Pacto no competencia Postcontractual

Santiago

Miembro conocido
Una empresa desea pactar con un trabajador una compensación al finalizar la relación laboral para que el trabajador no pueda prestar servicios en una empresa de la competencia.
Sería un pago único efectuado al finalizar la relación laboral por un importe elevado todavía a concretar (entre 10.000 y 15.000 euros)
Esta compensación:
- Tributa?
- Cotiza?
Gracias
 

Santiago

Miembro conocido
Yo entiendo lo mismo
Si se abona mensualmente, cotiza y tribuna
Si se abona en un único pago al finalizar la relación laboral, entendería que debe tener el mismo criterio.
En este caso, la cotización, ¿Cómo se comunicaría a la TGSS si el importe a abonar es de 10.000 euros por pacto de no competencia de 24 meses?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Para hacienda, tributa como renta del trabajo, a medida que se van efectuando los pagos, sin periodo de devengo (o sea, sin posibilidad de aplicar reducción 30 %).

Para seguridad social, cotiza como cantidad devengada en base a una relación de trabajo, siendo el momento del devengo la fecha de despido (o sea, con total independencia de cuales sean las fechas de pagos concretos), y debiendo hacer liquidaciones complementarias prorrateadas últimos 12 meses.
 
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