Pagar tickets y no dietas

campus34

Miembro conocido
Buenas tardes,
A un compañero le ha llegado una empresa, en la que su convenio indica un importe a pagar por dietas (dieta completa, media dieta, nacional, extranjero...).
Sin embargo, por política de empresa, deciden pagar en función de los tickets que presenten (ticket de comida, cena, hotel, peaje, parking...).

La duda que tenemos es si es posible que la empresa pague por tickets, y no por dieta a precio que indica el Convenio. Mi compañero dice que no hay ningún problema, ya que la dieta sirve para compensar un gasto real, y que de este modo se justifica el gasto.

¿Qué opináis vosotros?

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues que el trabajador tendrá derecho a la diferencia entre lo pagado, y lo que indica el convenio (si es una cantidad mayor).
 

Mr. White

Miembro activo
Reclámalas íntegras, si el Convenio dice que te tiene que dar 50 euros de dieta te tienen que dar 50 euros.
 

campus34

Miembro conocido
Mr. White dijo:
Reclámalas íntegras, si el Convenio dice que te tiene que dar 50 euros de dieta te tienen que dar 50 euros.

Opino lo mismo que tú. Pero el tema es el siguiente: La empresa paga el hotel (70 euros), desayuno (3), comida (15) y cena (12). Es decir, en torno a 100 euros. El convenio indica un importe cercano a 55 euros.
Es decir, si se le dice a la empresa que vamos a pagar íntegro lo que dice el Convenio, entonces no les va a pagar la otro.
Además yo siempre he tenido la duda de qué se considera "Dieta" y "Media Dieta". Lo habitual en esa empresa es que el comercial tenga visitas salteadas. Es decir, un día vea a un cliente de 09:00 a 11:00. El día siguiente visita a dos clientes... Es decir, que no tengo muy claro qué puedo considerar "Dieta", "Media Dieta" o simplemente nada (que pasa tickets de parking, peaje, gasolina, desayuno...).

Un saludo,
 

Mr. White

Miembro activo
El hotel no va a cuenta de las dietas, no es manutención, lo tienen que pagar la empresa sí o sí.

Por tanto, está pagando 30 euros, no 100 euros. Y el Convenio no dice que se compense el concreto gasto realizado previa presentación de la factura correspondiente sino que fija unas cantidades fijas y determinadas (55 euros) y es lo que debe hacerse. 

Media dieta suele ser cuando no hay pernocta, pero es el Convenio el que tiene que establecer y aclarar los términos.
 

campus34

Miembro conocido
Muchas gracias,
Entonces estaba yo equivocado. Entendía que la Dieta incluía Alojamiento + Manutención.

Un saludo,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, entiendo que se debe pagar lo que diga el convenio. Ahora bien, si son 55 euros diarios, pero la empresa te paga la manutención, y también el hotel, eso, lo podrías deducir de la dieta-día, dado que, de lo contrario, habría enriquecimiento injusto por parte del trabajador.
 
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