PAGAS EXTRAORDINARIAS Y SU INCLUSION EN EL SALARIO A EFECTOS DE DESPIDO

  • Iniciador del tema cacereño
  • Fecha de inicio
C

cacereño

Guest
Hola compañeros este es el caso: trabajador que solo cobra 12 veces al año,en prinicipio se debe interpretar que las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas y que las cobra mes a mes .pero analizando sus nominas nos encontramos lo siguiente,de forma sistematica,durante todos los meses el desglose de sus nominas es el siguiente:

salario base : 2.286 €

dietas : 65 €

base de cotizacion : 2.407 €

este trabajador tiene derecho a 2 pagas extra por lo que su base de cotizacion deberia ser (2.286 x 2/12) + 2.286=2.667 €


el trabajador me dice que no cobra pagas extraordinarias,ademas en su nomina ademas de lo indicado anteriormente ,no aparece desglose alguno de parte proporcional de pagas extraordinarias,pero eso si en lugar de cobrar solo el salario base (2.286) le pagan en bruto 2.407 €,y ademas lo han despedido.

creo que ademas de que no le estan pagando correctamente deberia coger como salario a efectos de despido los 2.667 €,que opinais compañeros???

espero vuestras respuestas ,saludos
 
Arriba