pagas extras en situacion de baja y luego maternidad

toralvados

Nuevo miembro
hola queria saber lo siguiente, mi mujer ha estado de baja desde el 15 diciembre por problemas de embarazo hasta el dia 10 de mayo que nacio el niño y empezo prestacion de maternidad. ¿como deberian haberle pagado la paga extra de diciembre, prorrateada entre emrpesa y seguridad social del 1 al 31 de diciembre? si la de verano se genera de julio a junio del año siguiente la empresa le pagara la parte proporcional de julio a diciembre y la seguridad social de diciembre a junio?
gracias
 

aprendiz

Miembro
Tienes que considerar que los periodos de percepción de prestación de i.t. o de maternidad llevan incluida su parte de paga extra.

Esto es porque la base reguladora de la prestación se obtiene a partir de la base de cotización que lleva siempre incluida la parte proporcional de pagas extras.

Saludos.
 

BSK

Miembro activo
En el momento en que un/a trabajador/a está en situación de Incapacidad Temporal no corresponde abonar las pagas extraordinarias. Por tanto, si se las pagan de golpe en Verano o en Navidad hay que descontar los días que haya estado de baja. Otra cosa será que el Convenio Colectivo establezca alguna cuestión al respecto y que diga que se paguen las extras o que se pague el salario íntegro que viniera percibiendo el/la trabajador/a. En ese caso habría que analizar si se pagan.
 
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