Hola!
Un trabajador desempleado perceptor de prestación solicita pago único para montar un negocio.
Han transcurrido tres meses desde su alta en RETA, y todavía estamos en trámites con el SPEE (llevando fras., los recibos de autónomos,...).
Hoy nos comenta su decisión de abandonar el negocio.
En cuanto al pago único, leo en el memento que el no darse de alta o no afectar a la actividad la suma capitalizada, se considera cobro indebido de prestaciones, lo que no es nuestro caso.
Pienso que podemos finalizar con el procedimiento del pago único, y siempre que se pueda demostrar que causó alta en reta y que el dinero del pago único se invirtió en la actividad, todo es correcto y no se le puede reclamar nada al trabajador.
¿Qué opináis?
Saludos,
Un trabajador desempleado perceptor de prestación solicita pago único para montar un negocio.
Han transcurrido tres meses desde su alta en RETA, y todavía estamos en trámites con el SPEE (llevando fras., los recibos de autónomos,...).
Hoy nos comenta su decisión de abandonar el negocio.
En cuanto al pago único, leo en el memento que el no darse de alta o no afectar a la actividad la suma capitalizada, se considera cobro indebido de prestaciones, lo que no es nuestro caso.
Pienso que podemos finalizar con el procedimiento del pago único, y siempre que se pueda demostrar que causó alta en reta y que el dinero del pago único se invirtió en la actividad, todo es correcto y no se le puede reclamar nada al trabajador.
¿Qué opináis?
Saludos,