PAGO ATRASOS

lexlab

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Bueno días!!!!!! Acaban de publicar (hoy) el Convenio de Comercio en Islas Baleares que dice que los atrasos se pagarán en los 3 meses posteriores a al firma del presente convenio. El tema es que se firmó en septiembre por lo que los 3 meses acabarían este mes, pero yo entiendo que se ha de interpretar como 3  meses posteriores a la publicación ya que un convenio no publicado no es público (como su nombre indica) y no puede tenerse en cuenta que se haya firmado en septiembre en cuanto a sus efectos. ¿Estoy en lo cierto o hay que correr ahora a calcular atrasos de las empresas?. Saludos y gracias!!!!!!!!!!!!!
 
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