En años anteriores ya no puedes hacer nada,
Ya está presentado el impuesto , libros y cuentas anuales de los ejercicios anteriores. Solo podrás arreglar 2015. ( si no has presentado libros, claro está)
Lo pones en una cuenta que tengas controlada y a la hora de hacer el IS lo pones como gasto no deducible, como si fuera mayor ingresos.
Espero que te ayude.
Es una mala costumbre de los socios de las SL pagar la cuota de SS por la SL, yo es algo que estoy acostumbrando a mis clientes, ya que si no pagan la cuota de la SS por su cuenta propia no es deducible en IRPF, tal cual.