Buenos días.
Una empresa quiere extinguir un contrato por causas económicas y por falta de liquidez quiere abonar el 30 por ciento de la indemnización con la carta de despido y el resto en plazos pero la empresa quiere abonar en los años sucesivos el incremento del ipc de esa indemnización pendiente, ¿esto sería correcto? ¿tendría que tributar por ese exceso de la subida del ipc?
Muchas gracias.
Saludos.
Una empresa quiere extinguir un contrato por causas económicas y por falta de liquidez quiere abonar el 30 por ciento de la indemnización con la carta de despido y el resto en plazos pero la empresa quiere abonar en los años sucesivos el incremento del ipc de esa indemnización pendiente, ¿esto sería correcto? ¿tendría que tributar por ese exceso de la subida del ipc?
Muchas gracias.
Saludos.