PAGO IRPF DE UNOS SEGUROS SOCIALES COMPLEMENTARIOS DEL AÑO 2016

DUCAN

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En una Empresa se ha pagado un plus que no ha cotizado a Seguridad Social ni a IRPF durante el año 2016. Ahora la Empresa quiere regularizar esta situación y se va a hacer una liquidación complementaria de los Seguros sociales del año 2016. Mi pregunta es si también se debe de hacer una complementaria de los Mod. 111 del año 2016. Muchas gracias a tod@s
 

DUCAN

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El plus se ha pagado durante el año 2016 y la complementaria de los Seguros sociales se va a presentar en el mes de abril de 2017.
 

Michel

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Entiendo que no son Atrasos por Convenio Colectivo, por lo tanto si haces un mod.111 complementario y un mod.190 , te pediran intereses y recargo por fuera de plazo.
 
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