PAGO PARTE DE FINIQUITO EN ESPECIE

AL1978

Miembro conocido
A ver compañeros, esto no lo he visto nunca y no tengo muy claro si es factible.

Hemos rescindido un contrato en periodo de prueba. Se entrega finiquito con las partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones devengadas y no dsifrutadas.
Además la trabajadora debe devolver un PC portatil propiedad de la empresa.

La trabajadora nos solicita si es posible una vez formateado el PC quedarse con él en concepto de parte de pago del finiquito una vez valorado.

¿Es viable y legal este acuerdo? ¿Cómo debería formalizarse? ¿Se debe anotar en la nómina de finiquito?


Muchas Gracias.
 

Nana

Miembro conocido
Hola

no me hagas mucho caso, pero si el portátil no supera el 30% del importe abonado en nomina, no creo que haya problema en dárselo

Al ser un salario en especie deberá cotizar, incluirse en nomina como cualquier otro concepto y tributa desde el 1º€ (esto lo digo con la boca chiquinina que yo con el inmovilizado y estas vainas locas tengo muy mala relación)

Quiero ver más aportaciones a este tema, no me dejéis sola :ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO:, no quiero liar a nuestro compi AL1978 😅
 

toni

Miembro conocido
Tranqui Nana, aqui estoy al rescate :ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO:
La clave esta en ese 30% maximo que indicas y tributas con su correspondiente retencion, vamos, igual que los RETA que les paga la sociedad el autonomo y lo pones en nomina como en especie...
 

AL1978

Miembro conocido
MUCHAS GRACIAS COMPAÑEROS. Tengo algunas dudas

  1. ¿Le descuento salario normal para anotarlo en especie? A ver si me explico: Finiquito normal sin PC 1200. Valoración del PC 300. A la hora de hacer "este" finiquito con el PC sería 900.00 salario + 300 salario en especie ? Evidentemente cotizado y tributado como corresponde.
  2. El valor de las vacaciones es computable para la determinación del 30% del pago en especie.
  3. EL problema que tengo es que creo que el valor del PC va a superar ese 30%
 

toni

Miembro conocido
MUCHAS GRACIAS COMPAÑEROS. Tengo algunas dudas

  1. ¿Le descuento salario normal para anotarlo en especie? A ver si me explico: Finiquito normal sin PC 1200. Valoración del PC 300. A la hora de hacer "este" finiquito con el PC sería 900.00 salario + 300 salario en especie ? Evidentemente cotizado y tributado como corresponde.
  2. El valor de las vacaciones es computable para la determinación del 30% del pago en especie.
  3. EL problema que tengo es que creo que el valor del PC va a superar ese 30%
1. Ok
2. El 26 habla de la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, por lo que entiendo que si tendrias que computarlas. Lo unico que no se tiene encuenta son las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.
3. Intentar ajustar el valor a ese 30% y punto pelota...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero el límite del 30% es global.
Quiero decir, en el conjunto de ingresos del trabajador durante este año.
Por otro lado... ¿qué conceptos incluye esa cifra global del finiquito? ¿con qué desglose?
Lo digo porque, insisto, el limite del 30% lo es respecto al total de la remuneración global del trabajador (salario base, complementario, pagas extras...) no respecto al monto que pueda tener un finiquito.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que al menos el salario del convenio sea dinerario. Hay que ver si la mejora voluntaria, además del limite global del 30% alcanza el valor del PC.
Y las vacaciones habría abonarlas en función del salario real (lo que correspondería si no se abonase una parte del finiquito con el PC, no debe alterar el importe de la compensación de las vacaciones no disfrutadas.

Pero vaya, me refiero a que si, por ej el salario global es de 14.000€ divididos en 14 pagas, el 30% supone 4.200€ (o la parte proporicional ajustada al periodo del año trabajado).
Por ej, soy baja a mitad octubre, me corresponde 500€ de salario mensual + casi 600€ de P.P. Extra y 100 de vacaciones no disfrutadas.
No veo que haya problema para pagarle, por ej una parte de la paga extra en especie (300 dinerarios + 300 en especie, el PC) aunque el importe del pc superara el 30% del finiquito (que en este ejemplo no lo supera, pero, pongamos, por ej que el valor del PC es 400€, no le veo problema, entiendo que hay margen),
Per, repito, sin olvidad que hay margen también sobre el salario de convenio (que debe ser dinerario).

Saludos
 

AL1978

Miembro conocido
Pero el límite del 30% es global.
Quiero decir, en el conjunto de ingresos del trabajador durante este año.
Por otro lado... ¿qué conceptos incluye esa cifra global del finiquito? ¿con qué desglose?
Lo digo porque, insisto, el limite del 30% lo es respecto al total de la remuneración global del trabajador (salario base, complementario, pagas extras...) no respecto al monto que pueda tener un finiquito.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que al menos el salario del convenio sea dinerario. Hay que ver si la mejora voluntaria, además del limite global del 30% alcanza el valor del PC.
Y las vacaciones habría abonarlas en función del salario real (lo que correspondería si no se abonase una parte del finiquito con el PC, no debe alterar el importe de la compensación de las vacaciones no disfrutadas.

Pero vaya, me refiero a que si, por ej el salario global es de 14.000€ divididos en 14 pagas, el 30% supone 4.200€ (o la parte proporicional ajustada al periodo del año trabajado).
Por ej, soy baja a mitad octubre, me corresponde 500€ de salario mensual + casi 600€ de P.P. Extra y 100 de vacaciones no disfrutadas.
No veo que haya problema para pagarle, por ej una parte de la paga extra en especie (300 dinerarios + 300 en especie, el PC) aunque el importe del pc superara el 30% del finiquito (que en este ejemplo no lo supera, pero, pongamos, por ej que el valor del PC es 400€, no le veo problema, entiendo que hay margen),
Per, repito, sin olvidad que hay margen también sobre el salario de convenio (que debe ser dinerario).

Saludos
Muchas Gracias Nando. Un gusto leerte como siempre.

Si es anual el computo (30%) no veo problema, salvo mejor opinión.

El salario está distribuido en

19000€ anuales (salario convenio). Pagas prorrateadas + Complemento especifico voluntario de 22000€ (41000 al año)

El finiquito ha sido a día 06 de Octubre y le quedaban pendientes de abono 8 días de vacaciones.

Mi idea según vuestros consejos era descontar de la parte del Complemento Específico y transformar en especie el valor de mercado del PC y no tocar lo referente a salario, pp pagas extras ni vacaciones. Lo veis correcto?

Por otro lado, verías interesante en redactar un pequeño acuerdo reflejando esta situación firmado entre empresa y trabajador?

Gracias compañeros
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Buenos dias AL, con todos mis respetos hacia nando, no te compliques la vida. Se pacto en el contrato inicial que el 30% de su salario anual seria en especie o se trata de un caso puntual que la trabajadora no a superado su periodo de prueba y le interesa quedarse con el PC? Como entiendo que es este ultimo caso hazlo facil y rapido, valorar el PC y lo que te he comentado antes, descuento salario o complemento o lo que estimes oportuno y lo pones en nomina como especie con su retencion. Facil, rapido y legal. Y por supuesto hacerlo por escrito. Mi querido Nando, dejemoslo aqui, no le demos mas vueltas porque este hilo se puede hacer muy largo.
Saludos.
 

AL1978

Miembro conocido
Buenos dias AL, con todos mis respetos hacia nando, no te compliques la vida. Se pacto en el contrato inicial que el 30% de su salario anual seria en especie o se trata de un caso puntual que la trabajadora no a superado su periodo de prueba y le interesa quedarse con el PC? Como entiendo que es este ultimo caso hazlo facil y rapido, valorar el PC y lo que te he comentado antes, descuento salario o complemento o lo que estimes oportuno y lo pones en nomina como especie con su retencion. Facil, rapido y legal. Y por supuesto hacerlo por escrito. Mi querido Nando, dejemoslo aqui, no le demos mas vueltas porque este hilo se puede hacer muy largo.
Saludos.
Efectivamente es un caso puntual. No había pacto inicial.
Muchas Gracias Toni, así lo hare y redactaré un anexo al finiquito "explicando" ese pago en especie repentino.

Gracias compañero
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenos dias AL, con todos mis respetos hacia nando, no te compliques la vida. Se pacto en el contrato inicial que el 30% de su salario anual seria en especie o se trata de un caso puntual que la trabajadora no a superado su periodo de prueba y le interesa quedarse con el PC? Como entiendo que es este ultimo caso hazlo facil y rapido, valorar el PC y lo que te he comentado antes, descuento salario o complemento o lo que estimes oportuno y lo pones en nomina como especie con su retencion. Facil, rapido y legal. Y por supuesto hacerlo por escrito. Mi querido Nando, dejemoslo aqui, no le demos mas vueltas porque este hilo se puede hacer muy largo.
Saludos.
Pues no me habré explicado o se me habrá entendido bien, porque justo lo que pretendía era poner énfasis en que probablemente no juegue el límite del 30% (que juega sobre el conjunto del salario no sobre el importe que pueda tener un finiquito) y que, en todo caso, habría que tener también en cuenta otro límite que no se había mencionado, que es el que al menos el salario de convenio debe ser dinerario y que en este caso probablemente tampoco juegue.
Al final se supone que mientras haya margen con el salario complementario (el que puede estar por encima de convenio) será suficiente.
Y, por supuesto, se tratará de una percepción en especie sujeta a SS y al IRPF, claro.
La solución o manera de formalizarlo que ha propuesto el consultante, ha sido de él, y que puede ser válida (si se trata de formalizar un acuerdo de percibir una parte del salario complementario en especie en forma del PC) pero no le estaba indicando que deba hacerlo necesariamente así, aunque en la medida en que al final estemos ante una "retribución flexible" o "a la carta" siempre puede ser recomendable formalizarlo.

Pero vaya, que justo era yo el que pensaba que le estabais poniendo más trabas de las necesarias, je,je
 

AL1978

Miembro conocido
Muchas Gracias Nando.

Más que trabas es que nos ha sorprendido la petición de la trabajadora..queriendo un PC usado cuando con su salario en los últimos meses podría comprarse 5 nuevos.

Y uno ya ve fantasmas donde no los hay.

Muchas Gracias compañeros por vuestras aportaciones
 

FERNANDO

Miembro conocido
Para vencer lo del 30%, también puedes orquestar una venta del ordenador según valor contable. Luego, se hace compensación de deudas entre finiquito y venta y punto pelota.
 

Sergei

Miembro conocido
Para vencer lo del 30%, también puedes orquestar una venta del ordenador según valor contable. Luego, se hace compensación de deudas entre finiquito y venta y punto pelota.
+1 porque además la empresa tiene que vender sí o sí este inmovilizado y ya que está que haga la factura al trabajador y no una autofactura para dar de baja.
 

AlbaT

Miembro
Buenos días,
tenemos una empresa que se dedica al tema de los seguros y quiere ofrecer a su trabajadores como beneficio en especie un seguro de hogar que paga al 50%. La prima total del seguro mensual es 8,24 ( la empresa paga 4,12 y el trabajador otros 4,12). Segun la normativa al ser un producto que ofrece la empresa solo se puede aplicar el 15% de exención de IRPF pero esto lo tenemos que aplicar sobre la prima total o solo sobre lo que paga la empresa?

gracias de antemano.
 
Arriba