Pago seguros sociales desde cuenta extranjera

pajarillo

Miembro conocido
Buenos días,

He consultado con Casia 2 veces, pero no parece que se enteren o quieran enterarse.

Les he preguntado si es posible que se paguen las liquidaciones de seguros sociales (régimen general) mediante transferencia bancaria desde una cuenta bancaria extranjera (desde países bajos).

1. Me responden con la relación de entidades bancarias colaboradoras en el pago de las liquidaciones mediante domiciliación.

Les digo que no, que no quiero domiciliar, quiero pagar electrónicamente los seguros sociales desde una cuenta bancaria extranjera.

2. Responden que: si el CCC, es un Pago electrónico, se puede tramitar en ventanilla o usar el servicio de banca telefónica y banca electrónica, para ello debería de usar las codificaciones informáticas del Recibo de Pago Electrónico. Los ingresos por transferencia o tarjeta, se entienden para realizar pagos fuera de plazo reglamentario (cuando existe un pago de reclamación de deuda).

Parece que me están respondiendo indirectamente y a sensu contrario (como suele hacer Casia...) que no, no se podría pagar los seguros sociales mediante transferencia o banca online desde una cuenta bancaria extranjera. ¿Entendéis lo mismo?
 

Wastual

Miembro
Efectivamente, el "pago electrónico" se basa en los cuadernos técnicos de "las patronales de las entidades financieras" (AEB, CECA y UNACC) -en este caso, el núm. 57- que unifican los procedimientos a establecer por sus miembros para el pago de recibos no domiciliados mediante el servicio de caja. Por tanto, dudo que en los Países Bajos exista esta posibilidad operativa.

Es decir, que al contrario de los nuevos métodos que ha desarrollado, por ejemplo, la AEAT, no hay posibilidad de realizar el pago de deuda mediante transferencias procedentes de entidades no colaboradoras y tampoco se ha establecido medio alguno para la domiciliación en cuentas abiertas en dicho tipo de instituciones.
 
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