horusforever
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HOLA Fernando,
ante todo gracias por solventar mis dudas,
pero me estoy haciendo un lio tremendo...
Me comentaste lo de la ST trib supremo de 30-6-2008 pasar datos a año dividir entre 365 y así obtenemos sueldo diario, yo pensaba q era sólo a effectos de imdemnizaciones únicamnete, que por ej para calcular el resto de conceptos que pueden integrar un finiquito( salario a deber, parte prop pagas, de vacaciones...) esto no se hacía, pues diversos manuales despues publicados después del 2008 no lo hacen según lo establecido en la sentencia sino que pej:trabajador es grupo mensual cobra al mes 1000 euros pues dividen 1000/30 y el resultado es el sueldo al día y si por ej es grupo de cotización diario, dividen 1000 entre los dias naturales del mes en cuestión...Me interesa tener claro esto pues estoy opositando y no quiero meter la pata en esa cuestión.
ante todo gracias por solventar mis dudas,
pero me estoy haciendo un lio tremendo...
Me comentaste lo de la ST trib supremo de 30-6-2008 pasar datos a año dividir entre 365 y así obtenemos sueldo diario, yo pensaba q era sólo a effectos de imdemnizaciones únicamnete, que por ej para calcular el resto de conceptos que pueden integrar un finiquito( salario a deber, parte prop pagas, de vacaciones...) esto no se hacía, pues diversos manuales despues publicados después del 2008 no lo hacen según lo establecido en la sentencia sino que pej:trabajador es grupo mensual cobra al mes 1000 euros pues dividen 1000/30 y el resultado es el sueldo al día y si por ej es grupo de cotización diario, dividen 1000 entre los dias naturales del mes en cuestión...Me interesa tener claro esto pues estoy opositando y no quiero meter la pata en esa cuestión.