Hola a todos,
El asunto es este:
Mujer "viuda de hecho", estuvo conviviendo 14 años con el causante (hay documental en padron), 5 años inscritos en registro de parejas de hecho. No tuvieron hijos. La fecha de la muerte es de 2004 por tanto anterior a la publicación de la ley 40/2007 (basico es el art. 174 de esa ley, para este asunto).
La pregunta es ¿como lo veis?, ¿es posible que le reconozcan la pensión de viudedad, habiendo muerto el "marido" con anterioridad a la publicación de la ley y no tener hijos?, aparentemente el art. 174 es acumulativo, pero ¿entonces las parejas gays de hecho estarían discriminadas?. ¿conoceis sentencias o casos de gente que siendo viuda/o con anaterioridad a 2008 lo haya conseguido sin tener hijos?.
Muchas gracias.
El asunto es este:
Mujer "viuda de hecho", estuvo conviviendo 14 años con el causante (hay documental en padron), 5 años inscritos en registro de parejas de hecho. No tuvieron hijos. La fecha de la muerte es de 2004 por tanto anterior a la publicación de la ley 40/2007 (basico es el art. 174 de esa ley, para este asunto).
La pregunta es ¿como lo veis?, ¿es posible que le reconozcan la pensión de viudedad, habiendo muerto el "marido" con anterioridad a la publicación de la ley y no tener hijos?, aparentemente el art. 174 es acumulativo, pero ¿entonces las parejas gays de hecho estarían discriminadas?. ¿conoceis sentencias o casos de gente que siendo viuda/o con anaterioridad a 2008 lo haya conseguido sin tener hijos?.
Muchas gracias.