Buenos días
Para que un trabajador en Régimen General pueda optar a la prestación por desempleo tras una baja voluntaria necesita:
- que hayan pasado 3 meses desde la fecha de baja voluntaria
- que haya trabajado un mínimo de 3 meses en otra empresa y no haya finalizado el contrato de forma voluntaria (despido, fin de contrato temporal...)
En el caso de un trabajador autónomo con más de 5 años cotizados que se da de baja en el RETA e inicia una actividad laboral en Régimen General, ¿necesitaría los mismos términos y requisitos? (3 meses desde la fecha de baja de autónomos y un contrato de una duración mínima de 3 meses finalizado por despido o fin de contrato)
Gracias
Para que un trabajador en Régimen General pueda optar a la prestación por desempleo tras una baja voluntaria necesita:
- que hayan pasado 3 meses desde la fecha de baja voluntaria
- que haya trabajado un mínimo de 3 meses en otra empresa y no haya finalizado el contrato de forma voluntaria (despido, fin de contrato temporal...)
En el caso de un trabajador autónomo con más de 5 años cotizados que se da de baja en el RETA e inicia una actividad laboral en Régimen General, ¿necesitaría los mismos términos y requisitos? (3 meses desde la fecha de baja de autónomos y un contrato de una duración mínima de 3 meses finalizado por despido o fin de contrato)
Gracias