Disculpa Aprendiz, igual no me he expresado bien, pero pretendía fijar el limite de la exclusión justo en los 3 meses, de acuerdo con el literal de la norma (otra cosa es que el INEM, más allá de ese literal, pueda presumir fraude en otras circunstancias, por ej. ya sabemos que aunque la norma habla de "no superacion del periodo de prueba" normalmente suele denegar la prestación ante otras causas de extinción como el fin de contrato o el despido si no han pasado esos 3 meses de la baja voluntaria anterior).
Pero insisto, pretendía limitarme unicamente al literal de la norma, y es que el consultante plantea el que extingan el contrato por no superacion del periodo de prueba a los 10 días. Y lo que yo le quiero decir es que no ya 10 días, incluso aunque hubieran sido 3 meses (pero ni un día más), tampoco tendria derecho a la prestación. Bueno, el consultante habla de "luego" (entre la baja voluntaria y el nuevo contrato). No sé si se refiere de forma consecutiva o con que plazo entre una realacion y otra. Obviamente el limite de los 3 meses cuentan desde la fecha de la baja voluntaria en la relación anterior.
Espero haberme explicado.
Un saludo