Buenos dias:
A ver si podéis orientarme en esta duda:
Una empresa, persona física, tiene en su empresa a dos trabajadores con contrato indefinido de TRADE.
A partir del 01-08-15 quiere que los trabajadores TRADE se den de baja como tales y contratarlos en la empresa ya como asalariados con contrato indefinido.
La empresa lo que quiere es acogerse a las bonificaciones de indefinidos a jornada completa de tarifa reducida (execión de los 500 euros), si bien en el RDL 1/2015 que regula estos contratos establece en el articulo 5 f) que quedan excluidos de estas bonificaciones cuando se trata de "contratación de trabajadores que en los seis meses anteriores a la fecha del contrato hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato indefinido."
Y mi pregunta es un contrato indefinido TRADE se considera un contrato indefinido a efectos de exclusión de lo indicado en ese artículo?.
Gracias por vuestra ayuda.
A ver si podéis orientarme en esta duda:
Una empresa, persona física, tiene en su empresa a dos trabajadores con contrato indefinido de TRADE.
A partir del 01-08-15 quiere que los trabajadores TRADE se den de baja como tales y contratarlos en la empresa ya como asalariados con contrato indefinido.
La empresa lo que quiere es acogerse a las bonificaciones de indefinidos a jornada completa de tarifa reducida (execión de los 500 euros), si bien en el RDL 1/2015 que regula estos contratos establece en el articulo 5 f) que quedan excluidos de estas bonificaciones cuando se trata de "contratación de trabajadores que en los seis meses anteriores a la fecha del contrato hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato indefinido."
Y mi pregunta es un contrato indefinido TRADE se considera un contrato indefinido a efectos de exclusión de lo indicado en ese artículo?.
Gracias por vuestra ayuda.