Pensión de jubilación sin carencia especifica

depaula

Nuevo miembro
En lo que respecta a pensión de jubilacion para determinar si hay derecho o no se necesitan una serie de periodos de cotización genericos y especificos:

Trabajadores en situación de alta o asimilada:

Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010.


Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la oblización de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.


Trabajadores en situación de no alta ni asimilada:

Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010.


Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.


A efectos de acreditar el período mínimo de cotización:

Sólo se computan las cotizaciones efectivamente realizadas o las asimiladas a ellas legal o reglamentariamente.


No se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.

El caso que se me plantea es el siguiente, trabajador con 71 años, cotización a día de hoy 18 años y 4 meses (autonomos). Su ultimo periodo cotizado son 1066 dias desde 1/7/95 a 31/5/98. Osea que desde ese día hasta hoy (si se pidiera hoy) han pasado 15 años, 10 meses y 10 dias.
Así a primera vista, NO TIENE DERECHO A LA PENSIÓN!!!

Se me escapa algo? Veis alguna solución?
 

depaula

Nuevo miembro
Lo unico que se me ocurre es realizar un convenio con la seguridad social para cotizar los dos años que le faltan pero tengo mis dudas pues está cobrando una no contributiva de jubilación y no sé si puede ser compatible.
 

FERNANDO

Miembro conocido
¿Tiene ingresos para pagar el convenio especial? Y, me temo, que ha acabado el plazo para pedirlo.
 

depaula

Nuevo miembro
Ya había pensado en eso, pero no ha acabado el plazo si vuelve a pedir la jubilación y se la deniegan. El tema de los ingresos ya son cosas de él, la verdad, tiene 71 años, si quiere estar dos años pagando es una decisión que solo puede tomar él y yo proponerselo.
 
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