PENSIONISTA Y TRABAJADOR

jesusmc

Nuevo miembro
Buenas tardes compañeros, tengo una duda respecto al siguiente supuesto:

Un trabajador con 52  años, se encuentra en una empresa a tiempo completo desde el año 2008, es indefinido y tiene reconocida una discapacidad, con lo cual se bonifica los seguros sociales.

La empresa se ha enterado de que además es pensionista percibiendo por el INSS una prestación.

Supongamos que por la empresa percibe 19.900 Euros de retribución anual (pagas extras incluidas) y por el INSS 18.700 Euros.

¿Sería compatible?, ¿Tiene la empresa algún modo de disminuir la jornada?, ¿Es motivo de despido?,..

Muchas gracias por vuestro tiempo.
 

Sandrita

Nuevo miembro
jesusmc dijo:
Buenas tardes compañeros, tengo una duda respecto al siguiente supuesto:

Un trabajador con 52  años, se encuentra en una empresa a tiempo completo desde el año 2008, es indefinido y tiene reconocida una discapacidad, con lo cual se bonifica los seguros sociales.

La empresa se ha enterado de que además es pensionista percibiendo por el INSS una prestación.

Supongamos que por la empresa percibe 19.900 Euros de retribución anual (pagas extras incluidas) y por el INSS 18.700 Euros.

¿Sería compatible?, ¿Tiene la empresa algún modo de disminuir la jornada?, ¿Es motivo de despido?,..

Muchas gracias por vuestro tiempo.

Será pensionista de Incapacidad permanente (entiendo que hablamos de pensión contributiva) y estará desempeñando un puesto compatible con su estado, se entiende que el pensionista antes de iniciar el trabajo lo comunicó al INSS para que este verificará si el nuevo puesto será compatible puesto que sino ya sería muy raro que no hubiese saltado. La empresa cumplió con sus obligaciones cursando alta y cotizando cuando lo contrato y que está acreditada su discapacidad para aplicar bonificación.

La compatibilidad es tema del INSS y trabajador y no se tienen en cuenta las rentas, sino la capacidad del trabajador para un trabajo distinto a aquel para el que fuera declarado incapaz. Es un tema ajeno a la empresa siempre que está cumpla sus obligaciones.

Lo único que influye es a efectos de revisión del grado de IP que al estar trabajando puede revisarse en cualquier momento sin sujeción al plazo que marque la resolución anterior de declaración de IP o de revisión anterior.

Lo de si tiene la empresa algún modo de reducir la jornada o si es motivo de despido como que suena un poco a "la empresa está buscando como deshacerse del trabajador". Es esto lo que busca la empresa? Si es así por la vía que planteas no tienes nada a que agarrarte.
 

jesusmc

Nuevo miembro
Hola Sandrita, gracias por toda la aclaración y tu tiempo, la empresa busca reducir la jornada.

Saludos!!
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo único que puede hacer la empresa es observar la aptitud del trabajador a su puesto mediante la vigilancia de la salud (siempre que el trabajador esté de acuerdo o ello venga impuesto por la peligrosidad del puesto). Reducir la jornada porque sí, me temo que no.
 
Arriba