Al final, y partiendo de la base de que recalcularás la nómina del mes anterior para que su versión definitiva sea correcta (y con ello las liquidaciones oportunas: SS, irpf...) simplemente será un concpeto que suponga una diferencia de líquido (el liquido que corresponda a esa diferencia de bruto, si es que era de bruto, del mes anterior).
Y sí, el literal puede ser "regularización nómina enero" "diferencia de liquido mes anterior", etc.