Perdida derecho asistencia sanitaria Autónomo

InmaRase

Miembro activo
Buenos días, un cliente me plantea la siguiente cuestión, es autonómo y quiere darse de baja durante 3 o 4 meses por un parón en la actividad, y me consulta si durante ese tiempo tendrá derecho o no a asistencia sanitaria ....

Me podéis ayudar? que me he perdido un poco.

muchas gracias
 

Alfrez

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Uno de los requisitos para disfrutar de las prestaciones es estar al corriente en el pago de las cuotas. Si no fuera así, está previsto un mecanismo de invitación al pago que concede un plazo extraordinario e improrrogable de 30 días para corregir la situación.

De todas formas, lo normal es que disponga de una tarjeta sanitaria de su comunidad autonóma con una fecha de caducidad muy superior a la del tiempo que estará inactivo por lo que de facto seguiría teniendo asistencia. 
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenos días: desde la baja de autónomo, tiene derecho a asistencia sanitaria 90 días.

De todas formas cuando pase esos 90 días, existe un servicio en la web de la seguridad social para saber si se tiene derecho o no a la asistencia sanitaria.

Gemma
 

jcg73

Miembro activo
Puede ser que ya no sea así Gemma?,

Lo de los 90 días, digo, el otro día lo busqué para confirmar y en lugar de este límite, para los no afiliados o beneficiarios aparece este párrafo:

"Los españoles o nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España y los extranjeros titulares de autorización para residir en territorio español, que no cumpliendo con los requisitos para ser asegurados, acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente. "
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes :

Hace poco fui al INSS y me dijeron que eran 90 días desde la baja. Pero como después estaba el límite de ingresos de 100.000 euros pues que dudaba que pudiera perder la condición de asegurado.

He estado viendo en la web de la seguridad social y dice esto:

En el caso de trabajadores dados de baja en la Seguridad Social y beneficiarios de éstos, la duración será diferente, según tengan o no 90 días cotizados dentro de los 365 días anteriores.

Si han cotizado los 90 días dentro de los 365 anteriores, conservan el derecho a que se inicie la prestación durante los 90 días siguientes a la baja y su duración será la siguiente:
52 ó 39 semanas, según sea trabajador o beneficiario, si la asistencia sanitaria se inicia antes de la baja.
39 ó 26 semanas, según sea trabajador o familiar, si la asistencia sanitaria se inicia después de la baja.
Si no han cotizado los 90 días dentro de los 365 días anteriores, siempre que la asistencia sanitaria se haya iniciado antes de la baja, la duración será de 39 ó 26 semanas, según sea trabajador o familiar.




 

jcg73

Miembro activo
Lo de los 90 días me sonaba para los autónomos, y sigue siendo así, que son los días con posterioridad al del último día del mes de la baja en que se encuentran en situación asimilada al alta.

De lo que pones no encontré nada, qué normativa és?? yo he visto en la web de seguridad social lo que he puesto, que es literal del RD 1192/2012.
 

Ro

Miembro activo
Después de esos 90 días siguen teniendo Seguridad Social siempre que lo soliciten en el INSS, centro CAISS más cercano, como personas sin ingresos. En principio todos tenemos derecho a la asistencia sanitaria, aunque cada vez lo ponen más negro..
 
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