Periodo de inactividad, jornadas reales en un contrato agrario eventual

Naxete85

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Eventual por circunstancias de la producción, trabajador agrario. Cotiza por jornadas reales.

No entiendo lo de la cotización del 11,50% en periodos de inactividad a cargo del trabajador. ¿Se refiere a los días que no haya prestación? ¿Cotiza igual?

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenGeneraldelaS10957/REA/REA/index.htm

Socorro, es mi primer trabajo de gestión  :'( :'( :'(. Gracias
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes:
El agrario en resumen va de la siguiente manera

Das de alta a un trabajador en el regimen 0163 eventual a jornadas reales, la empresa pones las jornadas que supuestamente ha trabajado ese mes( si son las de febrero hasta el dia 6 de marzo, aunque tienes realmente hasta el 13 )
Si por ejemplo este trabajador ha cotizado 30 dias  en este regimen , el trabajador voluntariamente podrá darse de alta en lo que siempre se ha llamado el "cupón" y lo que ahora se dice periodos de inactividad.

Imaginate que la empresa  le cotiza: 10 jornadas reales y él esta de alta del cupón ( = periodos de inactividad), pues el resto de jornadas se las paga él con el cupón , y por tanto cotiza.

No se si me he explicado o te he liado más, pero más o menos así anda el juego.

AAAAhhh!!! Y cuando le dan de baja en la empresa , si no va a la TGSS a darse de baja del cupón, pagará el cupón íntegro, importante!!!

 

Naxete85

Nuevo miembro
Muchas gracias, sí que te has explicado, ;)

Cotiza por inactividad para mejorar sus prestaciones etc.

No había visto la respuesta, aún me estoy haciendo al foro.  ;)

Saludos y gracias de nuevo.



GEMMAMAT dijo:
Buenas tardes:
El agrario en resumen va de la siguiente manera

Das de alta a un trabajador en el regimen 0163 eventual a jornadas reales, la empresa pones las jornadas que supuestamente ha trabajado ese mes( si son las de febrero hasta el dia 6 de marzo, aunque tienes realmente hasta el 13 )
Si por ejemplo este trabajador ha cotizado 30 dias  en este regimen , el trabajador voluntariamente podrá darse de alta en lo que siempre se ha llamado el "cupón" y lo que ahora se dice periodos de inactividad.

Imaginate que la empresa  le cotiza: 10 jornadas reales y él esta de alta del cupón ( = periodos de inactividad), pues el resto de jornadas se las paga él con el cupón , y por tanto cotiza.

No se si me he explicado o te he liado más, pero más o menos así anda el juego.

AAAAhhh!!! Y cuando le dan de baja en la empresa , si no va a la TGSS a darse de baja del cupón, pagará el cupón íntegro, importante!!!
 
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