Buenos días,
yo mandé ayer un correo solicitando información acerca de esta cuestión a la dirección beres@sepe.es y he recibido la respuesta hoy. En mi caso les indiqué que los trabajadores no iban a alternar periodos de actividad e inactividad y me han dicho que en este caso entienden que no hay que enviar periodos de actividad. Copio pregunta y respuesta recibida:
Mensaje enviado:
Buenas tardes,
tengo una empresa que ha presentado un ERTE por causa de fuerza mayor y nos ha llegado la resolución concediéndonos el ERTE. Ya hemos presentado la solicitud colectiva para la prestación por desempleo de los trabajadores afectados y los certificados de empresa en la aplicación Certific@. Mi pregunta es si hay que realizar alguna otra acción en el SEPE si la suspensión de los trabajadores va a ser total durante toda la duración del ERTE. Mas concretamente si hay que presentar el alta del ERTE por Certific@ y si hay que comunicar periodos de actividad en caso de que los trabajadores NO vayan a alternar periodos de actividad e inactividad.
Muchas gracias de antemano,
Respuesta:
Buenos días
Entendemos que el su caso no hay que enviar los periodos de actividad
Un saludo
A lo que no me han respondido es a si hay que tramitar el alta del ERTE por certific@ ¿alguien sabe si hay que tramitarla?