PERIODO DE LACTANCIA EN REDUCCION DE JORNADA POR GUARDA LEGAL

GEMMAMAT

Nuevo miembro
BUENOS DIAS:
COMO SE CALCULA LOS DIAS  DEL PERMISO DE LACTANCIA QUE LE CORRESPONDE A UNA TRABAJADORA QUE ,ESTA EN  REDUCCION GUARDA LEGAL . EL CONVENIO INDICA QUE SI SE ACUMULAN SON 30MINUTOS POR JORNADA.ESTA CHICA SU HORARIO ES DE LUNES A SABADO 4 HORAS AL DIA, POR LO QUE YO HE CALCULADO 55.5HORAS DE ACUMULACION, PERO REALMENTE POR DÍAS ¿ CUANTOS SERIAN??
YO LO QUE HE HECHO HA SIDO DIVIDIR LAS 55.5H POR 4HORAS AL DIA QUE ES SU HORARIO, ES CORRECTO??O LO DEBO HACER POR UNA JORNADA COMPARADA A TIEMPO COMPLETO??

GEMMA
 

jcg73

Miembro activo
Yo particularmente, a diferencia de cómo lo calcula Nando, hago el cálculo de una jornada a tiempo completo comparable, que normalmente si no hace vacaciones a continuación de la maternidad suelen salir 3 semanas de lactancia acumulada (a no ser que el convenio especifique otra cosa). Si lo haces como dice Nando, las trabajadoras que están a tiempo parcial tendrán siempre un permiso de lactancia acumulada mayor que las que lo están a tiempo completo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
jcg73 dijo:
Yo particularmente, a diferencia de cómo lo calcula Nando, hago el cálculo de una jornada a tiempo completo comparable, que normalmente si no hace vacaciones a continuación de la maternidad suelen salir 3 semanas de lactancia acumulada (a no ser que el convenio especifique otra cosa). Si lo haces como dice Nando, las trabajadoras que están a tiempo parcial tendrán siempre un permiso de lactancia acumulada mayor que las que lo están a tiempo completo.

No, jcg, si lo haces como yo, las horas de lactancia acumulada en caso de reduccion  de jornada serán las mismas que las que disfrute quien trabaje a tiemopo completo, que es lo que sucede en el caso de que se disfruten en su modalidad estándar, esto es día a día, una hora de ausencia o media hora de recuccion, SEA CUAL SEA LA JORNADA. No acabo de entender porque si lo acumulo en  caso de trabajar a media jornada el permiso en tiempo efectivo ha de quedar reducido a la mitad que el que disfrute alguien con jornada a tiempo completo.

En todo caso, y como siempre advierto, respecto al tema de la acumulacion de lactancia no existe una regulación general, ya que el ET simplemente plantea la posibilidad de acordarlo, ya sea individual o colectivamente, y a partur de ahi, pueden acordarse otras cosas o los convenios establecer otros criterios. Y en ese sentido, me consta que cada vez es una práctica mas generalizada el que los convenios o incluso políticas de empresa fijen un periodo fijo (que varia de unos convenios a otros), pero entiendo más que port comodidad que otra cosa, puesto que se pierde en rigor, ya que no obvian ciertios matices (nº de dias efectivamente trabajados dentro del periodo de referencia, tipo de jornada, etc.) que hacen que la equivalencia entre horas de lactancia dia a dia y horas de lactancia acumuladas no se dé.

En este caso, el convenio parece que sí tiene en cuenta la prevision de días trabajados de forma efectiva dentro del periodo de equivalencia, pero obvia el matiz del tipo de jornada, lo que considero claramente discriminatorio para aquellos trabajadores con jornada reducida.

Pero es mi opinión, claro. Y es que yo, partiendo de la base de que conceptualmente la lactancia acumulada me parece una aberración, puestos a admitirla, y aunque soy de letras, trato de aplicar el máximo rigor matemático.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por cierto, y volviendo a insistir que respecto a esta cuestion no existe una regulacion general, observo tambien que este convenio considera como referente para el cálculo de la lactancia acumulada media hora diaria, cuando el art. 37 del ET deja muy claro que esa posibilidad de acumular la lactancia es una de las dos opciones alternativas a LA HORA de ausencia diaria (la otra es la media hora diaria de reduccion), siendo esta una cuestíón en la que nunca me cansaré de reconocer que fue algo en lo que me hizo reparar mi admirada Raquel y sobre lo que yo tenía un concepto distinto.

Por tanto este convenio, en caso de acumulacion, reduce por un lado a la mitad las horas de lactancia y, por otro, discrimina a quienes tiene  jornada reducida (que mayoritariamente suelen ser mujeres). Vaya, que a pesar de esa remision del ET a la negociacion, lo veo un poco discriminatorio

saludos
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
lA CUESTIÓN ES QUE EL CONVENIO INDICA 30MIN POR JORNADA LABORAL, YO ENTIENDO AQUI QUE DA IGUAL QUE SEA A TIEMPO COMPLETO O A TIEMPO PARCIAL.
YO HE CALCULADO 55,5H /LABORALES, PERO POR CUANTO LO DIVIDO POR LAS 4H( QUE ES SU HORARIO) O POR LAS 8( TIEMPO COMPLETO).
AL CALCULARLO ASÍ ES LO QUE DICE jcg73 ,SALEN MAS DIAS ACUMULADOS A ELLA QUE A UNA PERSONA A TIEMPO COMPLETO.
A LAS TRABAJADORAS A TIEMPO COMPLETO ME SALE 7 DIAS LABORALES.
NO ME PARECE JUSTO QUE ELLA TENGA 14 DIAS LABORABLES ACUMULADAS.

GEMMA
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿No te parece justo?
Bueno, eso es muy relativo.
¿Al final cuántas horas retribuidas va a percibir pro este motivo?m 55,5
¿Cuántas le pagarás a quien tenga jornada completa? 55,5
Es decir, las mismas, que son las que le correspenderían en los dos casos si se disfrutase en la modalidad normal, dia a dái
¿No te parece injusto que el permiso de lactancia, en su modalidad básica, sea el mismo independientemente de la jornada realizada?. Si no te lo parece en su modalidad normal, ¿por qué te lo parece en la alternativa acumulada?
Y si te parece injusto, la injsuticia la ves en la configuracion inicial y básica del permiso, no en su acumulacion, por tanto, admitendo, en su caso, esa injustiica, ¿pretendes subsanarla con esa discriminacion, para mi fuera de lugar, en caso de acumuacion del permiso?

Y es que, efectivamente, si está a media jornada, el permiso acumulado aquivaldrá al doble de jornadas que quien trabaje a tiempo completo, pero serán  dias la mitad de largos, con la mitad de horas de trabajo, y por los que cobrará la mitad que quien trabaja a tiempo completo (logicamente con un mismo salario/hora).

Lo de justo o injusto es muy relativo. Yo, repito, y sin discutir la justicia o no del permiso en su modalidad normal ni el sentido que puede tener la posibilidad de acumuarlo (sobtetodo si pensamos en la finalidad teórica que lo justifica), pongo el rigor en asegurar la equivalencia, para todos los casos y tipos de jornada.

Saludos
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
El permiso de lactancia legalmente establecido podrá realizarse de forma acumulada a razón de 30 minutos por día, bastando para ello un acuerdo entre la empresa y el trabajador afectado.

ESTE ES LO QUE INDICA EL CONVENIO COLECTIVO.
EL ACUERDO YA LO TIENEN, LA CUESTIÓN ES ESA ACUMULACION  CUANTOS DÍAS SON??
GEMMA
 

Nando_bcn

Miembro conocido
GEMMAMAT dijo:
El permiso de lactancia legalmente establecido podrá realizarse de forma acumulada a razón de 30 minutos por día, bastando para ello un acuerdo entre la empresa y el trabajador afectado.

ESTE ES LO QUE INDICA EL CONVENIO COLECTIVO.
EL ACUERDO YA LO TIENEN, LA CUESTIÓN ES ESA ACUMULACION  CUANTOS DÍAS SON??
GEMMA

Para mi está claro, y sin entrar en si me parece justo o no (ya me he permitido alertar sobre cómo tu convenio esta reduciendo a la mitad el permiso de lactancia en caso de acumulacion). Y el cálculo, por injusto quete parezc, ya lo has hecho tú, y probablemente de forma correcta (multiplicas media hora por el nº de días que está previsto trabaje hasta los 9 meses del nacimiento, es decir, tras la reincorporacion del permiso de maternidad, descontando vacaciones y otras ausencias previstas, etc. y el resultado lo divides por 4 que son las horas que trabaja cada dia hábil. Ello te dará el nº de dias hábiles a los que equivale el permiso de lactancia acumulado en jornadas completas.

Ahora, los negociadores del convenio, al menos la parte que representaba a los trabajadores, no estuvo muy inspirada (salvo que  a cambio obtuvieran otro tipo de concesiones que compensaran tal falta de equivalencia entre el permiso dia a dia y acumulado)

Saludos
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Yo cuando leí el articulo me quedé :eek:, porque a mi parecer también me parecía que se estaba rebajando derechos, pero es lo que dices tu, puede ser que por otro lado hayan obtenido otras compensaciones.

Ah !! Y así lo he hecho, cálculo,quitando las vacaciones y los festivos y domingos , su jornada es de lunes a sábado.

Muchisimas gracias.-
 

shg

Miembro
Te confirmo que por aquí lo hacemos igual ... núm. de horas que da la acumulación y dividimos por las horas diarias ... da igual que sea parcial o a jornada completa .... al final las horas son las mismas :)

 

Nando_bcn

Miembro conocido
shg dijo:
Te confirmo que por aquí lo hacemos igual ... núm. de horas que da la acumulación y dividimos por las horas diarias ... da igual que sea parcial o a jornada completa .... al final las horas son las mismas :)

Bien!!, me estaba empezando a preocupar que fuera ún bicho raro por ser el único en pensar, al menos a bote pronto, que las horas de lactancia, si las acumulamos, es normal que equivalgan al doble de días hábiles a media jornada que a jornada completa.
Está claro que las horas realmente disfrtuda o pagadas, son las mismas (porque disfrutandolas dia a dia, modalidad básica, también son las mismas)

El problema (entre otros) es cuando el convenio fija un determinado nº de días o de semanas a tanto alzado, sin reparar en éste ni en otros matices (nº de jornadas hábiles comprendidad dentro del periodo de referencia y con prevision de que sean trabajadas de forma efectiva, incluso si no llega a haber reincorporacion efectiva en ese periodo porque el trabajador solicite una excedencia, partos multiples, etc.). Pero hay quien prefiere lo cómodo al rigor, aunque luego ello pueda generar algunas polémicas o conflictos (yo los he visto, por ej. en uno de los casos apuntados, que tras la maternidad y vacaciones se pidan una excedencia, sin reincororacion antes de los 9 meses del parto).

Saludos
 

jcg73

Miembro activo
Llámame pesado Nando pero sigo pensando que con tu fórmula se genera una discriminación muy positiva para las trabajadoras a tiempo parcial, te pongo un ejemplo. Empleada con contrato de 2 horas diarias de lunes a viernes. Solicita la lactancia acumulada al cabo de la maternidad.

A groso modo, de los 4 a los 9 meses, son 5 a 21 días laborables resustan 105 días laborables, a hora por día laborable: 105 horas / 2 horas= 52,5 días laborables. Resulta que la trabajadora al finalizar la maternidad se estará (según tu modo de calcular) casi 3 meses más de permiso por lactancia acumulada. No te parece injusto comparando con una trabajadora a jornada completa que tendrá normalmente 3 semanas????

 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿qué cobrará esa trabajadora durante esos "aproximadamente" 3 meses?
¿que cobrarará el trabajador o trabajadora (no sé por qué ese fijacion de pensar solo en las mujeres al hablar de este permiso, aunque cuando hablamos de discriminacion, y como ya he apuntado si que me parece discriminatorio reducir de esa manera el tiempo real de permiso en caso de trabajadores a tiempo parcial si tenemos en cuenta que en su mayoria son mujeres y precisamente por temas de conciliación) a tiempo completo durante esas 3 semanas?

Si haces los cáclulos, verás que, a igual salario/hora, cobrarán lo mismo. Que es lo que ocurriría si disfrutaran del permiso en su modalidad normal dia a dia (las dos tendran una hora de permido retribuido durante el mismo periodo, es decir, por cada dia que trabajen desde su reincorporacion hasta los 9 meses.

¿Que 3 meses te parece un desproposito?, Estamos hablando de una jornada de dos horas al dia. Bien, ¿y no te parece un desproposito que disfurandolo dia a dia pueda estar hasta los 9 meses del parto disfrutando de una hora diaria de forma que sólo trabaje una hora al dia durante todo ese tiempo?
¿No le puede originar tal vez un mayor perjuicio a la empresa tenerla tanto tiempo trabajando una hora?
Bueno, y dandole vueltas al tema (es que has puesto un ejemplo extremo, jornada de dos horas diarias), cómo se disfrutaria de esa hora de ausencia diaria con una jornada así?
Piensa que la hora es de ausencia (y si, fragmentable en dos partes), por tanto, supone llegar a la hora normal y salir a la hora normal.  ¿Permitimos que en un intervalo de dos horas sólo trabaje una pero de forma que trabaje media hora, se ausente una hora y luego regrese para trabajar media hora más? (y porque ya no me planteo la posibilidad de dividir en dos esa hora de ausencia). Pero ¿Lo limitamos a disfrutar de media hora de reduccion diaria? Bueno, en ese caso tendriamos jornadas de hora y media (pero la trabajadora evita el esquema, probablemente inasumible de ir a trabajar, trabajar media hora,  irse una hora y regresar para trabajar media hora más .

Pero, puestos a pensar en casos extremos, imagina alguien con una jornada de una hora diaria.  ¿Qué haces en ese caso? (¿llega al a hora, pero sin empezar a trabajar se va para regresar al cabo de una hora pero para irse sin llegar a trabajar tampoco?)

Es que vuelvo a repetir lo mismo, siendo admitido por todos que el permiso de lactancia en su modalidad normal es decir, dia a dia es el mismo para todos el mundo, tenga la jornada qie tenga, es decir, una hora de ausencia o media de reduccion (porque en eso estamos de acuerdo todos, ¿no? y si alguien no lo está ya le presentáré una serie de sentencias que lo dejan muy clarito), ¿por qué algunos solo ven incongruencias y para colmo injsuticias cuando pensamos en la modalidad acumulada???. Las incongruencias pueden evidenciarse ya en la modalida normal. Y si hablamos de injusticia...,  ¿no lo es el tratar de reducir un permiso que en su modalidad normal corresponde por igual,. por la mismas horas, se trabajen 8 joras, que 4 o que dos al día por el hecho de acumularlo (con lo que es una acumulacion no equivalente a la que supone la modalidad normal) y hacerlo justo en el caso de jornada reducida, siendo mayoritariamente mujeres quienes la tienen?



 

jcg73

Miembro activo
Entonces, cuando me encuentre con convenios que fijen un periodo para disfrutar la lactancia de manera acumulada (por ejemplo Consultorías) sin establecer ninguna proporcionalidad respecto a los trabajadores a tiempo parcial tendremos que pensar que se está discriminando a este colectivo.

Ya te entiendo Nando, una hora es una hora trabaje las horas que trabaje, pero yo creo que si algunos convenios fijan un periodo determinado en caso de elección  de lactancia acumulada será por algo, o será porqué no se habrán parado a hacer cálculos simplemente.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
jcg73 dijo:
Entonces, cuando me encuentre con convenios que fijen un periodo para disfrutar la lactancia de manera acumulada (por ejemplo Consultorías) sin establecer ninguna proporcionalidad respecto a los trabajadores a tiempo parcial tendremos que pensar que se está discriminando a este colectivo.

Ya te entiendo Nando, una hora es una hora trabaje las horas que trabaje, pero yo creo que si algunos convenios fijan un periodo determinado en caso de elección  de lactancia acumulada será por algo, o será porqué no se habrán parado a hacer cálculos simplemente.

Conozco bien ese convenio, jcg, de hecho es el de aplicacion en mi empresa, aunque para este tema aplicamos nuestra propia política de empresa ya que ya en el propio permiso en su modalida normal dia a dia aplicamos alguna mejora (alargamos el periodo de lactancia por un tiempo adicional a los 9 meses), lo cual tambien lo trasladamos y en base a esos rigurosos cálculos que comentaba, a la alternativa de lactancia acumulada. Por tanto, entendemos que los trabajadores en general no salen perjudicados. Y, por supuesto, los que tienen  jornada reducida no sufren ese perjuicio que el convenio establece,

Porque, efectivamente, en esos casos, y ya comomenté que es es muy habitual ver esto en muchos convenios, no solo en este, el fijar un nº de dias o semanas  a tanto alzado supone, además de una perdida de rigor, este tipo de discirminacion para los casos de jornada reducida, además de generar otro tipo de conflictos como por ej, el que ya he apuntado  en casos de que no haya reincorporacion efectiva dentro del periodo de referencia. Y es que yo mismos he tenido conocimiento directo de conflictos en otras empresas de mi sector en los que el trabajador o trabajadora ha reclamado disfrutar igualmente de esas semanas de permiso acumulado, a pesar de que tras el mismo iba a iniciar una excedencia que se prolongaria más alla de los 9 meses del parto, la empresa no estar de acuerdo, o en ocasiones la empresa no pone problemas, cuando entiendo podría ponerlos, simplemente por desconocimiento.
Otro caso problematico suelen ser los partos multiples y cuando el convenio, fijando ese periodo a tanto alzado, no contempla expresamente este supuesto, etc, etc,

¿Que por qué lo hacen? pues en muchos casos por lo que tú has apuntado, por que no han reparado en ciertos supuestos, en hacer ciertos cálculos y, sobretodo, por no complicarse porque de esta forma, aparentemente, es más fácil,
Y bueno  justo me has puesto un  convenio  el de consultoria, que es un claro exponente de convenio de lo más chapucero. yo mismo he apuntado varios ejemplos sobre diferentes cuestiones en otros post en este mismo foro,

Saludos
 

jcg73

Miembro activo
Chapucero el convenio de consultorías?, no te pases Nando que es de los pocos que todavía respetan los oficios de Perforista, Calcador y Sereno.  8)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Rescato este post, porque creo que es el más reciente, pero no el único en el que hemos debatido en este foro sobre este tema.
Aunque es del año pasado, acabo de tener noticia de una sentencia de un TSJ y que parece darme la razón. Adjunto el link a un artículo con el resumen de la misma pero desde el que se puede acceder al texto completo de la propia sentencia.

http://www.estrategiayactualidadlaboral.com/147-i-periodo-de-lactancia-acumulado-en-la-situacion-de-reduccion-de-jornada/

Saludos
 

Matilda

Nuevo miembro
Tengo una duda y no sé si es el sitio correcto para preguntar, después de la baja por maternidad mi empresa ofrece un mes más de permiso (renunciando a la lactancia) o 2 meses trabajando al 50% y cobrando el 100%. Como estaba con reducción de jornada (70%) pregunté que si disfrutaba el mes de permiso cobraría ese mes también el 100% y me contestaron que sí, pero me pagaron el 70% y ahora (después de la reincorporación) me dicen que fue un error y que sólo me corresponde el 70%, ¿puedo exigir el 30% restante de ese mes?, ¿o las horas de lactancia correspondientes?. Muchas gracias y un saludo.
 
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