Una duda que me surge ahora,
si el trabajador vuelve con reducción de jornada al 50% es decir 20 horas semanales, y siempre es igual pero cada semana trabaja a turnos distintos por ejemplo:
semana 1 LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES POR LA MAÑANA DE 10:00 A 14:00
semana 2 MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADOS POR LA TARDE DE 16:00 A 20:00
hay que enviar los periodos de actividad? yo entiendo que al mantener siempre el mismo porcentaje de jornada no se debe enviar. El sepe le paga por el 50 y la empresa por el otro 50
si el trabajador vuelve con reducción de jornada al 50% es decir 20 horas semanales, y siempre es igual pero cada semana trabaja a turnos distintos por ejemplo:
semana 1 LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES POR LA MAÑANA DE 10:00 A 14:00
semana 2 MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADOS POR LA TARDE DE 16:00 A 20:00
hay que enviar los periodos de actividad? yo entiendo que al mantener siempre el mismo porcentaje de jornada no se debe enviar. El sepe le paga por el 50 y la empresa por el otro 50