PERMISO MATRIMONIO

sergi

Miembro
Buenos días,
una trabajadora que está en período de prueba ha avisado con 3 días de antelación que se casa.
La empresa le ha dado permiso un día para casarse (para ir al juzgado entre semana), dado que no se ha hablado de los 15 días de permiso por matrimonio (por desconocimiento de ambas partes).

Si rescinde el contrato por no superar el período de prueba, puede la trabajadora reclamarle los 15 días?

Muchas gracias.
Saludos,
 

Alberto

Miembro
Entiendo que no, ya que durante el periodo de prueba ambas partes pueden rescindir el contrato sin dar explicaciones...
Salvo que en el contrato se indique que se suspende el periodo de prueba por IT o las causas correspondientes..
 

Mr. White

Miembro activo
El preaviso podría haber sido mayor, habrá que ver el motivo exacto, pero eso de dar un día por "desconocimiento" es un poquito dudoso y bastante interesado, sobre todo porque hay una parte a la que beneficia enormemente ese desconocimiento y otra a la que perjudica claramente, perdiendo 14 días de permiso, que no haya dicho nada la trabajadora puede ser debido a desconocimiento o a a que está en periodo de prueba y en ese periodo es complicado reclamar nada pues la puerta de salida está fácil...

Sobre si os puede reclamar ese permiso, entiendo que podría pediros daños y perjuicios por ese recorte de permiso, e incluso podría alegar que el fin de la relación por periodo de prueba se debe justo a eso, a ver solicitado un permiso, solicitando improcedencia o incluso nulidad...
 

FERNANDO

Miembro conocido
No veo la nulidad (el único riesgo para la empresa, improcedencia son 4 duros), pero cuidado, en todo caso.
 

Mr. White

Miembro activo
Bueno, Fernando, 4 duros de improcedencia y bonificaciones que palmar o que no poder disfrutar...

Como comentamos hace poco, hay alguna sentencia que ha declarado nulo el despido de alguien que solo ha preguntado:

- Hola, ¿cuántos días me corresponden de permiso si me inscribo como pareja de hecho?, ¿y por paternidad?

Y le han contestado:

- Lo que te dure el paro.

Y le han echado.

No hay que olvidar que el art. 17 ET establece el estado civil como posible situación de discriminación...

A partir de ahí, compren boletitos...
 
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