Buenas tardes, nos dice un trabajador que su madre falleció y que vivia en el extranjero, dice que tiene 28 días para cogerse el permiso por fallecimiento, el convenio que se aplica en la empresa es el cemento de Madrid, pero no veo por ningún lado que den ese plazo para poder disfrutar de este permiso, ¿sabéis si esto es así? o ¿el permiso lo debería haber disfrutado cuando falleció su madre?
Gracias de antemano y un saludo
Gracias de antemano y un saludo