Permiso retribuido de 15 dias naturales por formalizacion como pareja de hecho.

JAVIER_R

Miembro activo
...pues esto es lo que pide una trabajadora basándose en el artículo 37 E.T. y nos remite este escrito junto con un justificante de formalizacion de pareja de hecho.
Esta trabajadora actualmente está de baja por acumulación de lactancia, después sus vacaciones y cuando se vaya a incorporar pide estos 15 días. Esto es así? Y si es así y se ha hecho pareja de hecho estos días, puede solicitar los quince días con efectos 1 de noviembre? De verdad, que locura todo
 

elchuske

Miembro conocido
san lefevure dice esto

La empresa no está obligada a concederlo a posteriori​

En el caso de solicitudes de permisos o concesiones en el ámbito laboral, como el permiso por matrimonio, la empresa no está obligada a otorgarlos en otras fechas. La decisión de aceptar o rechazar una solicitud de permiso es a discreción de la empresa, aunque si le resulta conveniente atender la solicitud (por ejemplo, si hay poco trabajo en ese momento), pueden optar por establecer un acuerdo que permita conceder el permiso en cuestión.

A menos que exista un acuerdo previo que indique lo contrario, el permiso por matrimonio normalmente se otorga y debe ser disfrutado inmediatamente después de la boda . Esto implica que la persona no puede posponer el permiso para un momento posterior, a menos que exista un acuerdo especial o circunstancias excepcionales que justifiquen el aplazamiento del mismo.
 
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