PERMISO RETRIBUIDO FORMACIÓN PROFESIONAL

Karenml1995

Nuevo miembro
Buenos días,

Nos surge una duda, tenemos una clienta que trabaja en un hospital y en el artículo 54 del convenio de establecimientos sanitarios se establece lo siguiente:

“Los trabajadores/as con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes. La concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.”

El hospital ofrece cursos fuera de los obligatorios y la duda es, el curso son 20 horas, por ejemplo, si el trabajador ha tardado 10 en completarlo, ¿El permiso sería de 10 o de 20 horas?

Muchas gracias de antemano.

Saludos.
 
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