PERMISO RETRIBUIDO

CHARO

Miembro conocido
Un trabajador se coge 3 días por fallecimiento de su suegra, del 24 al 26 de marzo (ella falleció el 23 por la tarde), y ahora le pide a la empresa 2 días más porque tras su muerte e incineración (en Barcelona), van a ir a esparcir las cenizas en sevilla, además esos dos días son el miércoles 8 de marzo y 9 de marzo (no festivo en Barcelona), previos a semana santa. Yo entiendo que no le corresponden (el convenio marca 3 y 5  en caso de tener que hacer un desplazamiento), ya que sería en caso de entierro ó incineración en esa provincia y no es el caso ¿tengo razón?. Gracias
 

fundación

Miembro conocido
En efecto, yo también considero que ese acto de esparcir las cenizas, absolutamente respetable, queda fuera del espíritu normativo que ampara estos permisos.
 
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