Un trabajador extranjero que presta servicios 3 horas diarias en una empresa, sin convenio colectivo aplicable, está tramitando nacionalidad española.
Un día llegó un poco más trarde a trabajar, y cumplió con su trabajo, y al día siguiente dijo que había mucha cola en Policía y no vino.
¿Esto se considera permiso retribuido "x cumplimiento de deber indispensable de carácter público y personal", o se lo descuento de vacaciones?
Gracias y saludos,
Un día llegó un poco más trarde a trabajar, y cumplió con su trabajo, y al día siguiente dijo que había mucha cola en Policía y no vino.
¿Esto se considera permiso retribuido "x cumplimiento de deber indispensable de carácter público y personal", o se lo descuento de vacaciones?
Gracias y saludos,