Permiso retributivo y MUFACE

s3r61c

Miembro activo
Os traslado una consulta para conocer vuestro criterio en un caso concreto de permiso retribuido por asistencia médica de hijo.

Se trata de una empresa privada.
Un trabajador solicita que se le compute como permiso retribuido la totalidad del tiempo de ausencia (unas 3 horas), derivada del acompañamiento de su hijo menor a consulta médica.

La particularidad del caso es que:

  • El hijo es beneficiario de MUFACE, al estar adscrito al sistema sanitario de su madre (funcionaria).
  • La asistencia médica se ha realizado en un hospital privado concertado con MUFACE.
  • El convenio colectivo aplicable reconoce el permiso por asistencia a centros de la Seguridad Social o Mutua, por el tiempo preciso/indispensable.
  • El justificante médico acredita únicamente el tiempo de consulta, no la totalidad del desplazamiento.
  • El trabajador sostiene que MUFACE equivale a la Seguridad Social y que todo el tiempo empleado debería computarse como permiso retribuido.
La empresa reconoce el permiso, pero limita su duración al tiempo considerado indispensable, no a la totalidad de la ausencia.

Veis correcto que la empresa no reconozca el total del permiso, esta reconociendo la mitad ya que entiende que la elección del centro no debe ser asumido por la empresa en cuando al tiempo del desplazamiento para evitar que cualquier persona opte por centros cada vez mas alegados y exigir ausencias prolongadas retribuidas.
 

Naialaboral

Miembro conocido
La empresa debe reconocer el permiso y abonar el tiempo de consulta acreditado más un tiempo de desplazamiento razonable y estandarizado, equiparable a la asistencia al centro médico de referencia de la zona. A no ser que el trabajador haya escogido voluntariamente un centro más lejos del que le corresponde, o así lo entiendo yo.

MUFACE, como dice el trabajador, es como si fuera la seguridad social.
 

s3r61c

Miembro activo
La consulta son 20min, la empresa le ha dado 1,5h (contando desplazamiento), el trabajador solicita 3h. La empresa tiene su argumentación bien razonada no crees?
La empresa debe reconocer el permiso y abonar el tiempo de consulta acreditado más un tiempo de desplazamiento razonable y estandarizado, equiparable a la asistencia al centro médico de referencia de la zona. A no ser que el trabajador haya escogido voluntariamente un centro más lejos del que le corresponde, o así lo entiendo yo.

MUFACE, como dice el trabajador, es como si fuera la seguridad social.
 
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