PERMISOS RETRIBUIDOS.

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DAVIDIRU

Guest
¿Existe alguna limitación respecto al permiso retribuido por ingreso hospitalario?. Imaginemos un familiar que cada dos por tres es ingresado por recaidas por la misma enfermedad. ¿hay jurisprudencia al respecto?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Algo hay, aunque es un tema que siempre se presta a debate.

Te adjunto un artículo que me llegó hace un tiempo que comenta una sentencia del TSJ de Catalunya (14/05/08) sobre el tema:


"La enfermedad de larga duración de un familiar sólo da derecho a un permiso

Un trabajador sólo tiene derecho a disfrutar una vez del permiso retribuido por la enfermedad de un familiar cuando la dolencia que padece sea la misma. Además, no es lo mismo un familiar de primer grado (que podría llegar a justificar poder cogerse varios permisos por la misma causa) que uno de segundo, tal y como ha sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (sent. de 14.05.08).

Un trabajador de una empresa de transportes disfrutó en el mes de mayo de 2005 de un permiso retribuido de tres días de duración (los que establecía su convenio) debido a la hospitalización por enfermedad grave de su cuñada. Unos meses después (en julio de ese mismo año) volvió a solicitar otro permiso retribuido por la misma causa. La empresa se lo denegó y el trabajador recurrió a los tribunales.

Aunque el Juzgado de lo Social dio la razón al trabajador, no lo hace así el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Considera este Tribunal que una misma enfermedad no da derecho a coger varios permisos retribuidos en cortos periodos de tiempo (en este caso se habla de un año). Además, la sentencia señala que no es lo mismo un familiar de primer grado que uno de segundo (como en este caso), ya que en el de primer grado "una misma enfermedad puede justificar la concesión de más de un permiso en base a la misma enfermedad; pero entendemos que la realidad social actual y la conformación de diferentes tipos de unidad familiar hacen más difícilmente justificable la necesidad de aplicar el mismo criterio para los familiares de segundo grado". No obstante, la sentencia matiza que en determinadas circunstancias, como la convivencia del familiar en el mismo domicilio o que no haya otra persona que pueda ocuparse del enfermo, podría llegar a justificar disfrutar de varios permisos retribuidos.

El Tribunal considera además que existen enfermedades (como en este caso de hospitalización debida a un cáncer) que tienen una larga duración, por lo que conceder varios permisos retribuidos por la misma causa supondría un coste económico que no debe ser trasladado plenamente a la empresa. Además, existen otro tipo de figuras a las que puede acogerse el trabajador como las licencias sin sueldo. La cuestión es, según razona el Tribunal, si el derecho a la conciliación implica que el coste económico de estas enfermedades debe ser "plenamente transferido a la empresa" o, en determinadas ocasiones, deberá ser "soportado por quien presta servicios por cuenta ajena".

Por lo tanto, en este caso, en el que se trata de una misma enfermedad y del mismo familiar (con el que, además, el trabajador no tenía una especial cercanía), sólo daría lugar a un solo permiso retribuido, puesto que de no interpretarse así, "una enfermedad crónica permitiría solicitar un número indeterminado de permisos". Además, si bien es cierto que la norma otorga igual trato a unos y a otros, en el caso de los familiares de primer grado, una misma enfermedad en la que se sufren altibajos respecto a su gravedad, podría justificar la concesión de más de un permiso en base a la misma enfermedad, según la sentencia.

¡Atención!: En contra de lo que se piensa, salvo que su convenio le obligue a ello, no tiene por qué conceder un permiso retribuido para ir al médico, acompañar a consulta a un familiar, ir a las reuniones del colegio de los hijos... En el tema "Permisos" de Mi Asesor de Personal sabrá, caso por caso, en qué circunstancias debe realmente conceder un permiso retribuido y en cuáles no, hasta dónde llega el derecho del trabajador a disfrutar cada uno de ellos y cuáles son las obligaciones de su empresa en esta materia. Pinche aquí para suscribirse al manual laboral y de recursos humanos más práctico y completo."

Fuente: Carta de Personal (asesoriza.com) nº 111. Dicembre 2008

 

FERNANDO

Miembro conocido
a destarcar que lo dice un TSJ. O sea, que el Supremo lo puede tumbar fácilmente, pues no acabo de ver eso de familiar más cercano o menos, pues la norma no distingue.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya Fernando, se trata de una sentencia de un TSJ, no lo aporto como argumento definitivo de nada, y ya lo reconocía de entrada cuando digo que "algo hay", pero que el tema se presta a debate.
Estoy de acuerdo en que la norma no distingue a estos efectos entre familiar de primer grado y familiar de segundo grado, literalmente les da el mismo derecho.
Pero precisamente como la propia norma no regula el supuesto concreto de que un mismo familiar sufra diversos ingresos hospitalarios dentro de un mismo proceso de enfermedad y es un tema que al final debe ser interpretado, imagino que lo que pretende señalar el TSJ de Catalunya es que, ante esa inconcreción, la realidad social hace que se deba ser más sensible en estos casos que se prestan a debate en función  de la cercania real al familiar, y fíjate que, en este sentido, esta cercanía la asocia tanto al grado de parentesco (el de 1er. grado es más cercano) como a circunstancias ajenas al grado propiamente dicho, como puede ser, por ej., el que convivan en el mismo domicilio.

Con todo esto, yo no doy ni quito la razón a nadie. Vuelvo repetir que el tema no es necesariamente pacífico, simplemente pretendo profundizar en la que veo yo es la argumentación de este tribunal.

La verdad es que, al margen del grado concreto de parentesco (y partiendo de la base de que siempre estamos hablando de familiares de hasta 2º grado), al menos si es el criterio que yo trato de aplicar en mi empresa en estos casos, es decir, si se trata de diversos ingresos de un mismo familiar y dentro de un mismo proceso, sólo corresponde un permiso (eso sí, damos bastante flexibilidad en su disfrute, siempre que subsista la causa que justifica el permiso, claro, recogiendo tambien un criterio de nuestros tribuales) y si se trata de procesos distintos, auque se trate de un mismo familiar, cada proceso generará un distinto derecho para su respectivo permiso. Evidentemente, si se trata de distintos familiares (hasta de 2º grado), ahí ya no hay más limite ni condicion.

En fin, recuerda que el consultante preguntaba si había jurisprudencia al respecto. Yo eché mano de lo que tenía más reciente, ese artículo que hace referencia a esa sentencia. Si buscas un poco puedes encontrar algo más,y precisamente no siempre en el mismos sentido (aunque puede ser práctico conocer el criterio que aplica el TSJ de tu zona, sobretodo si es reciente.

En este sentido, hago un  copia y pega de un fragmento del memento sobre este tema en el que se relacionan diversas sentencias (no hay ninguna del TS, todas son de TSJ e incluso alguna de un JS).

"3)  De la misma forma, operaciones sucesivas con un mismo proceso patológico darían lugar a permisos sucesivos (TSJ Aragón 6-3-00, Rec 1137/98). Si bien, también se ha entendido que cuando se suceden dos ingresos alternativos, sin internamiento, derivados de la misma actuación médica, el permiso se computa desde el primero de ellos (TSJ Castilla-La Mancha 10-3-05, AS 599).

4)  En el caso de que la normativa interna condicione la duración del permiso al criterio de los servicios médicos de empresa, la actuación de éstos se limita a este punto sin que puedan negar la procedencia misma del permiso (TSJ País Vasco 9-2-99, AS 2047)

5)  Establecido en el convenio aplicable el derecho de los trabajadores a un permiso retribuido de diez días por enfermedad grave de familiar se discute -ante la necesidad de pedirlo en diversas ocasiones- si el tope máximo de dichos permisos es anual o debe fijarse por evento y se resuelve que el convenio colectivo aplicable engloba como causa de permiso durante diez días retribuidos la enfermedad grave, la intervención quirúrgica y la hospitalización de familiares, entendiendo que son tres circunstancias del mismo supuesto no acumulables entre sí, sino con otros apartados del mismo artículo. Según el juez otra interpretación conduciría al absurdo porque, si las mismas causas afectaran a varios miembros de la familia podían dar lugar a acumular días de permiso, incluso los adicionales, por cada una de ellos. De igual manera, no cabe acumular, por idéntico pariente, más días de permiso retribuido que los fijados en el precepto del convenio, donde no se diferencia por evento al utilizarse una conjunción disyuntiva (JS Sevilla núm 4, 11-4-03, DSI/88/03).

6)  Es posible la prórroga del permiso por agravación de la enfermedad de familiares cuando la solicitud se efectúa dentro de los límites de duración previstos en el convenio aplicable (TSJ Aragón 9-4-03, AS 1823). Sin embargo, el derecho a la prórroga debe entenderse desde la perspectiva de que por las circunstancias concurrentes pueda hacerse efectiva y si bien corresponde, en caso de duda, al empresario valorar la duración del permiso no puede sancionarse la ausencia del trabajador que se cree legitimado para utilizar tal derecho más que con la pérdida de los salarios correspondientes a los días utilizados (TSJ Madrid 23-5-05, AS 1308)."


Un saludo
 

ManuelSM2

Miembro
Por adelantado pido disculpas por recuperar un tema tan longevo. Ya veo la dilatada experiencia que tenéis algunos de los que aún participáis.
¿ Conocéis nuevas sentencias sobre la limitación de los permisos retribuidos? He estado buscando pero  no encuentro nada en referencia a los últimos años y no sé hasta qué punto habrá cambiado el criterio de los tribunales al respecto.

Saludos.
 

Fernando_laboral

Nuevo miembro
En el convenio debería dejar claro estos casos, en el que tenemos en mi empresa dice que tienes derecho a 4 dias laborables por ingreso de familiar cuando el ingreso sea superior a 5 días y en cuanto a la limitación dice que no podrá volver a solicitarse este permiso retribuido sin haber pasado 1 mes.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sentencias concretas y así más recientes, no puedo ahora concretarte ninguna, pero por el "poso" que me ha quedado sobre lo que he podido ver o durante estos últimos años o, al menos, recuerdo, se vendría a corresponder de alguna manera con el siguiente criterio (y que temo aún se preste a debate y más matices):

Al final, aunque la norma hable de "enfermedad grave", "hospitalización", "intervención quirúrgica" lo que resulta determinante es el que se produzca un ingreso hospitalario (en el sentido de pernoctación de al menos una noche" o bien un aintervención quirúrgica que, aun sin hospitalización, requiera "reposo domiciliario" (con todas las dudas que, a su vez, puede suscitar el concepto de "reposo domiciliario" y que daria de si para otro debate específico en el que ahora no entro).

Así, en principio, por un mismo proceso de enfermedad grave (que normalmente asociaremos a hosptalización) correspondería un solo permiso.
Ahora bien, si dentro de un mismo proceso de enfermedad, ya sea por recaidas o por precisar sucesivas intervenciones, el familiar es ingresado en varias ocasiones, en principio correspondería un permiso por cada una da ellas, es decir, por cada ingreso hospitalario (en el sentido de que impliquie hospitalización) o por cada una de las intervenciones quirúrgicas practicadas que hayan requerido tambien hospitalizacion o bien  reposo domiciliario.

Si se trata de procesos distintos , mientras no se discuta la gravedad (hospitalización---) ahí está claro que corresponderá un permiso por cada uno de los procesos. De ahí que no tengo nada clara la limitación temporal que establece el convenio que indica Fernando_Laboral, ya que donde no limita la Ley, no es de recibo que limite el convenio. Es cierto, eso si, que tal convenio, por otro lado, mejora el tratamiento de este tipo de permisos en cuanto a su duración, lo digo por si la defensa de tal limitación (que, repito, el ET no establece) pudiera estar en que, en su conjunto, aunque nbo sea en todos y cada uno de sus aspectos, el convenio mejora lo previsto de forma general por el ET.
Pero, es más, no me queda claro si el limite que establece el convenio es por un mismo familiar o incluso por cuaqluier familiar, es decir, el limtite de permisos es por trabajador (independientemente de los proecesos de enfermedad grave o intervenciones guirúrgicas que haya podido sufrir un mismo familiar o incluso varios de ellos).
Lo digo por que en situaciones como, por ejemplo, un mismo familiar es intervenido de apendicitis y en el mismo mes sufre un accidente grave que le requiere una nueva hospitalización o intervención quirúrgica que requiera al menos reposo domiciliario, o  un familiar sufre un infarto (y le ingresan, claro)  y otro familiar disitinto (pero de hasta segundo grado, claro) y también en el mismo mes a otra le practican una cesárea, no hay duda de que corresponde un permiso independiente por cada una de esos casos.

Saludos
 

ManuelSM2

Miembro
Gracias. El caso que se me ha presentado en concreto, es de un hombre, cuya mujer tiene cáncer, es decir, una enfermedad grave, que va a requerir de varias hospitalizaciones. Este trabajador, me ha preguntado las veces que puede pedir permiso durante un año, por cada hospitalización .
El Convenio, es el de Industria Metal para la Provincia de Valencia, el cual, como viene siendo habitual, no habla de límites en este caso, tan sólo hace referencia a que se tiene derecho a 3 días naturales.

He encontrado una sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana de 2005, con un caso prácticamente idéntico, puesto que trata sobre el mismo convenio, en este caso por hospitalización grave del padre del trabajador.

"... Toda esa hospitalización genera esa situación de necesidad que el precepto trata de reparar, por lo que no resulta comprensible que el aludido permiso sólo se pueda disfrutar en la primera de las hospitalizaciones del pariente si, después, se han producido otras, aunque deriven de un mismo proceso patológico, pues no existe ninguna razón para vincular la etiología de la dolencia que ha dado lugar a la hospitalización, con el número de veces que se puede disfrutar del permiso reconocido en el artículo 37.3. B) ET."

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sandrita ¿cómo sé o cómo puedo saber si es un mismo proceso?, y lo de la LOPD y tal y tal.
A ver, si te fijas, tal como lo planteo (y lo aplico) normalmente lo tengo muy fácil, ya que en la práctica difícilmente tengo que entrar en esa cuestión, puesto que, sea o no el mismo  familiar, sea o no el mismo proceso, como, en principio, vinculo el derecho al permiso a que haya una hospitalización o bien una intervención quirúrgica que, aún sin hospitalización, precise de reposo domiciliario, pues con que se acredite eso me basta.
Que sea un mismo familiar o un mismo proceso no tiene más implicación.
El problema lo tendrán justo aquellos que traten de aplicar un criterio limitativo sobre un mismo proceso, aunque haya implicado sucesivas hospitalizaciones o intervenciones. No es mi caso, no problema.

Pero vaya, si, por lo que fuera, tuviera que entrar en eso, y reconiciendo las dicficultades, de hecho, recuerdo que es un tema que ya hemos tratado en diversas ocasiones, pues lo que pediria me acrediten es que se trata de un proceso distinto, que no es lo mismo que me expliquen qué proceso es, ni el anterior ni el de ahora, simplemente que no son el mismo y punto, y eso no contraviene la LOPD. Otra cosa es que los centros hospitalariuos, ahora más dados a acreditar parentescos (que ni es lo suyo ni se espera que sean ellos quienes validen eso) estén por la labor.  Pero en todo caso el problema será para el trabajador.
Repito, en la medida en que podamos basarnos en algun elemento como, y ya que el ET no lo precisa, como jurisprudencia (que, repito también, ni tengo ahora presentes sentencias recientes y claras, ni que alguna sea del TS) o alguna limitación (discutible o no) que pueda fijar algún convenio en ese sentido, pues, de la forma que sea habrá que entrar en ello.
Que la LOPD y tal y tal,, muy bien, pero en la medida en que algun tribunal (y alguno lo ha hecho) le ha dado relevancia a ese punto (si se trata de un mismo proceso o no), de alguna manera se está reconociendo que se puede entrar.
Nada es absoluto, y la propia normativa de Proteccion de Datos así lo reconoce. Hay datos especialmente sensibles, que no por ello son inaccesibles, habrá que ponderar en cada caso quien y con qué finalidad se pretende entrar en ellos y con qué alcance.

Como digo, yo, en la practica, y en apliucacion del criterio expuesto me ahorro ese problema, pero, si tuviera que hacerlo, me remitirá por ejemplo a las pautas que comentábamos hace unos años para el caso de permiso por parto (para familiares distintos al padre del recién nacido, por hospitalización de la madre), cuando la jurisprudencia (del TS incluido y muy clara en ese momento) lo limitaba a situaciones especiales como el de la cesárea. Si el TS (entonces, ahora ya se admite para cualquier parto con hopsitalizacion, que son el 99,99% al menos en España) condicionaba el permiso a que hubiera sido por cesárea (por considerarse intervención quirúrgica) o a alguna complicación que implicara una hospitalización de la madre superor a la de un parto normal sin problemas), de alguna manera el trabajador/familiar que pretendiera disfrutar del permiso en esos casos de alguna manera debería acreditar que tales circunstancias se habían dado. 
Es más, justo como el caso que de forma muy clara los tribunales excluían del permiso (repito, ahora ya no), a pesar de la habitual hoispitalización, era el del parto natural sin especiales complicaciones, de alguna manera se tendría que poder pedir justificar que ese no era el caso.
Y como digo, no necesariamente la solución pasa por preguntar o explicar justo la causa de la hospitalización (tal enfermedad, operación por tal cosa), evidentemente algo que está protegido como información sensible, sino por acreditar lo que no es.
En aquella época y para estos casos  la solución seria simplemente acreditar que la causa de la hospitalización era distinta a la del parto natural  (trámite que ya nos podríamos ahorrar si el familiar hospitalizado era hombre o mi abuela, salvo que sea muy joven), sin que necesariamente hubiera que dar ninguna otra explicación.
Pues en estos casos, y para el que, por lo que sea, deba reparar en estas cuestiones (que, por lo dicho, en la practica, no es mi caso) y reconozco que puede ser complicado (pero lo será para el trabajador, no para la empresa, si ésta entiende que está bien fundada esa limitación) pues se tratara de acreditar que el proceso del permiso anterior y el actual (de un mismo familar) no es el mismo. Que no es lo mismo que preguntar por los detalles de cada uno de ellos.

Pero, en fin, como digo, por suerte, a mi no me toca entrar en estas cosas. Alguien ha rescatado un post de hace unos años interesándose por posibles novedades a nivel de jurisprudencia y yo simplemente y sin concretar sentencia alguna (al menos de momento), porque no las tengo a mano, he tratado de resumir lo que recuerdo haber visto durante estos últimos años, y que, por supuesto, tanto la limitación de mis conocimientos o acceso a la información como de mi memoria, pueden hacer que esté obviando algo y que, de ser el caso, imagino que alguien ya aportará.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Manuel, veo ahora tu última intervención, y, en base a lo que yo mismo ya he expuesto, en este caso estaria claro, un permiso por cada hospitalización, al margen de permisos o medidas  específicas para enfermedades cronicas como el cáncer y que debería contrastar (algunas relativamentre recientes, aunque las que ahora me vienen a al cabeza estan pesadas para menores con esa enfermedad).
 

FERNANDO

Miembro conocido
En cuanto a la LOPD e informar (tema interesante) para poder informar de la patología, primero, debe haber autorización del enfermo. Es más, incluso para DAR UN JUSTIFICANTE AL FAMILIAR INDICANDO HOSPITALIZACION, ha de existir dicha autorización. De lo contrario, NO SE PUEDE EXPENDER LA MISMA, DE ACUERDO A LA LOPD.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si, conozco esa cuestión, la hemos tratado en alguna ocasion y veo que la viene aplicando cada vez más centros hospitalarios, pero no es en base estrictamente a la LOPD, si no a una circular o normativa del la Comunidad de Madrid (en base a la interpretacion que hacen de la LOPD Y Reglamento, claro).

Pero es que, repito, dificilmente habrá que reparar en la patologia en concreto. Eso dicifilemente está justiticado en ningun caso para el tema de permisos y no deberisa ni perdirse la autorizacion del enferme, simplemente no está justificado perdir tal informacion de dentalle. Al menos, repito, en condicoiones normales.
Vaya, conocéis algunos como llevo yo el tema de los permisos y nunca he tenido que pedir nada de eso,
 

Mr. White

Miembro activo
"lo que pediria me acrediten es que se trata de un proceso distinto, que no es lo mismo que me expliquen qué proceso es, ni el anterior ni el de ahora, simplemente que no son el mismo y punto, y eso no contraviene la LOPD".

Ciertamente contradictorio en mi opinión, Nando, pues para poder acreditar que el último es distinto al anterior al final le obligas a acreditar ambos para que puedas comprobar la diferencia.

Y a mayores con eso no sabes si es enfermedad o accidente grave, que son los que tienen más chicha. Como mucho, sabrás que hay dos procesos diferentes, pero no si son graves o no.

Lo dicho, le demos las vueltas que le demos, seamos más o menos flexibles,  la justificación y control de los permisos médicos choca contra la LOPD (son datos especialmente protegidos).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mr White, estamos de acuerdo en que la normativa de PD y Laboral en algunas cosas parecece que toca hacer equilibrios (y ya b no digo en PRL , que también afecta a mi ambito de trabajo) y surjen problemas (a menudo más que de la propia norma de ciertas interpretaciones de la misma), pero vaya, yo creo que con sentido común, ponderacion y un poco de imaginacion, buena parte de esos obstáculos se pueden ir sorteando.

Yo, respecto a este punto en conreto, ya lo he dicho, la verda es que en la práctica no me genera ningun problema, porque nunca recuerdo haber tenido que entrar en cueestiones de si se trata de un mismo proceso o no (la mera hospitalizacion o intervención quirúrgica me ha bastado, sea del proceso que sea, repito, es algo sobre lo que no he tenido que incidir).

Tal vez alguien  tenga que hacerlo, pero no porque sí, y de ser el caso, pues lo dicho, y que parece no se ha entendido, me tendran que acreditar (repito una vez más, si dado el caso concreto creo tener argumentos para incidir en esa cuestión)  tanto que son procesos distintos y, la margen de eso, y ya que lo apuntas, su gravedad. ¿Cómo, pues no hace falta que me aporten todo un disgnostico de la patologia, detalle de las intervenciones practicadas, del accidente, etc, se beberia aceditar o bien un hecho objetivo y suifciente (y que, como ya he dicho, en mi exeriencia y practica diaria, suele bastar) que es el ingreso hospitalario (no la mera permanencia en el hospital, el ingreso propiamente dicho) o que se haya practicado una inetervcneion quirúrgica que precisa reposo domiciliario (tema que ya he dicho de juego para otro debate, pero la mera indicacion del justificante medico de que se presisa de ese reposo me basta). 
¿Que hay que incidir en que son procesos distintos? (solo lo concibo en casos de enfermedad grave que no hayan requierido hospitalizacion ni intervencion  quirúgica con reposo domiciliario, casos que, en la practica, yo n0 me encuentro) pues tocara aportar un justificante que acredite que el anterior permiso correspondia a un proceso distinto (y eso puede suponer aportar al centro hospitalario la documentación del proceso anterior si fue tratasdo en otro centro o por otros facultativos).
O si es grave o no, pues lo mismo, normalmente esa gravedad suele quedar implicita en el propio hecho de la hospitalizacion o intervencion con reposo, pero si hay otros supuestos pues que lo que acredtie el facultativo autorizado, con indicar que es "grave" y que va refierido para el disfrute del permiso retribuido previsto en el art, 37 del ET debería bastar.

Vaya, insisto una vez más que en la practica, no me ha tocado lidiar con estas cosas, porque a, final nos ha bastado con que el trabajadro acredtir la hospitalizacion o la prescirpcion de reposo por la operacion parcticada al familiar.

Pero, en todo caso, si alguien lo complica ("no me quieren ahcer este justificante o poner tal cosa") yo siempre digo lo mismo, a quien se lo complican es al trabajador no a la empresa, en la medida en que ésta esté pidendo algo que resulta legitimo y no necesariamente excesivo, para verificar la corresponencia de un permiso.

Si tan complicado le resulta, al final, el trabajador tendra que optar por esforzarse por , a pesar de las dicicultades (que otros, no la empresa, le ponen) acreditar lo que la empresa, legitima y razonablemente le pide o bien no disfrutar del permiso o acudir a vias alternativas sin esas implicaciones (vacaciones, permiso sin sueldo...).

 

Mr. White

Miembro activo
Efectivamente, son los casos de enfermedad grave que no hayan requerido hospitalizacion ni tampoco intervencion quirúgica con reposo domiciliario los que obligan especialmente al trabajador a exhibir la intimidad de un tercero porque la empresa está legitimida a comprobar si la enfermedad es grave y, en caso de solicitudes de permisos similares cercanas en el tiempo, pedir que se acredite que no son el mismo proceso.

Porque el de hospitalización es muy limpio, solo hay que acreditar eso, no el motivo.

El de intervención, al exigir reposo domiciliario, también tiene su miguilla, pues no toda intervención conlleva permiso, y ahí es donde hay que entrar a cierto detalle personal de terceros...
 

DAVIDIRU

Nuevo miembro
Retomo el tema,
No hay sentencias del TS sobre reiteración de permisos de enfermedad grave siendo el mismo proceso verdad.
A lo que llego en conclusión es que varios ingresos por un mismo proceso se genera varios permisos
como lo veis?
 

Sadie

Miembro conocido
Otra preguntina...Se me da el mismo caso . Tengo dos trabajadores, con familiares enfermos de cáncer, en un caso se trata del padre del trabajador y en el otro de un hijo. El tema es que cada poco, en un caso una vez cada dos meses más o menos y en el otro varias veces en un mes, ingresan. El convenio no establece ninguna limitación , tan solo establece como licencia retribuida  lo siguiente

Dos días naturales por enfermedad grave u hospitalización de padres, padrastros, cónyuge, hijos,nietos, abuelos y hermanos tanto consanguíneos como afines. Si la enfermedad grave fuera de padres,padrastros, cónyuge e hijos, el permiso podrá fraccionarse en medias jornadas. El disfrute de los días podrá ser alterno. No obstante y dentro del proceso de enfermedad grave el trabajador podrá determinar la fecha del disfrute del permiso.

Entonces, cada vez que ingresan tienen derecho a dos días naturales, ¿verdad?
 
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