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Eso será, previsiblemente, si el estado de alarma dura "más" de un mes.
Por ahora solo llevamos 15 + 15 días. Y como el mes de inicio fué marzo, el "mes jurídico" es desde el 14 de marzo hasta el 13 de abril.
De momento, y en base a lo que hay por ahora en el BOE, la fecha límite para la petición del cese de actividad es 13 de abril.
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