pajarillo
Miembro conocido
Buenas tardes,
Perdonad la perogrullada. Respecto a los plazos administrativos, en este caso para una reclamación previa frente a la denegación de una solicitud de Incapacidad Permanente, (pero también para otros casos), ¿habría que utilizar este calendario de días hábiles de la Administración General del Estado?.
Si por ejemplo la reclamación es de un solicitante que tiene su domicilio en Andalucía, ¿el 28 de febrero se contaría como inhábil?, es decir, ¿el lugar de residencia del administrado es el que determina si le cuenta o no como hábil?.
Perdonad la perogrullada. Respecto a los plazos administrativos, en este caso para una reclamación previa frente a la denegación de una solicitud de Incapacidad Permanente, (pero también para otros casos), ¿habría que utilizar este calendario de días hábiles de la Administración General del Estado?.
Si por ejemplo la reclamación es de un solicitante que tiene su domicilio en Andalucía, ¿el 28 de febrero se contaría como inhábil?, es decir, ¿el lugar de residencia del administrado es el que determina si le cuenta o no como hábil?.