PLAZOS ALTAS Y BAJAS DE AUTONOMOSA PARTIR DE MODIF.REGLAMENTOS GRAL S.S.

JAVIER_R

Miembro activo
PUES ESA ES MI DUDA, SI ANTES TENIAMOS UN PLAZO DE 30 DIAS PARA PRESENTAR UN ALTA DE AUTONOMO Y SEIS DIAS PARA LA BAJA, COMO QUEDAN ESTOS PLAZOS TRAS LA MODIFICACION PUBLICADA EN EL BOE DE 25-07-15?.

GRACIAS.
 

Aslasa

Miembro
JAVIER_R dijo:
PUES ESA ES MI DUDA, SI ANTES TENIAMOS UN PLAZO DE 30 DIAS PARA PRESENTAR UN ALTA DE AUTONOMO Y SEIS DIAS PARA LA BAJA, COMO QUEDAN ESTOS PLAZOS TRAS LA MODIFICACION PUBLICADA EN EL BOE DE 25-07-15?.

GRACIAS.

Entiendo que el alta no cambia y para las bajas pasara a 3 días en vez de seis.

No obstante mañana debo ir a TGSS a presentar algún alta de Reta de agosto así que preguntare
 

aprendiz

Miembro
El plazo especial de 30 días en los RETA solamente se refiere al alta.

Así lo establece la disposición transitoria segunda del R.D. 84/96.

Por lo que el plazo de la baja es el establecido en general, que ahora cambia también a sólo 3 días.

Un saludo.
 

Sergei

Miembro conocido
Esta mañana he estado en Tesorería y no les había llegado ninguna comunicación interna del tema de los 3 días, pero lo sabían por "otros medios". He preguntado por lo de los autónomos y me han dicho que continua siendo de 6 días....
Yo los tramitaré en 3 visto lo visto.
 

egr2014

Nuevo miembro
Acabo de hablar con Tesorería y me confirman que para las bajas de autónomos también el plazo es de tres días naturales siguientes al cese....

El plazo de las altas no ha variado.

Así da gusto incorporarse de vacaciones...
 
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